Resolución N° 576. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de carlos humera contreras.

Fecha de publicación08 Abril 2022
Fecha11 Junio 2019
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29513-A Gaceta Oficial Digital, viernes 08 de abril de 2022 1
~éi:fdea&
gjZ>'cmamd
ÓRGANO EJECUTIVO
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
RESOLUCIÓNNÚMERO
,5":¡(,PANAMÁ,
11
DE J
uVllO
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
DE_Wl'f
Que CARLOS HUMERA CONTRERAS, nacional de ESPAÑA mediante apoderado legal
solicita al Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio
de
Seguridad Pública, que se le
conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con
lo
que establece el ordinal 3ro.
del artículo
10
de la Constitución Política y Decreto Ley 3 de
22
de febrero de 2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a)
Certificación expedida por
el
Servicio Nacional de Migración, donde consta que el
peticionario obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 16705
del 30 de agosto de 2013.
b)
Certificación expedida por la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que el
peticionario no registra antecedentes penales.
c)
Copia autenticada del Carné de Residente Permanente No. E-8-116642, expedida por el
Director Regional de Cedulación de Panamá Centro, a nombre del peticionario.
d)
Certificado
de
Buena Salud, expedido por la Dra. Mary Liz Morris
M.
e)
Certificación de Paz y Salvo expedida por
el
Ministerio de Economía y Finanzas, donde
consta que
el
peticionario cumple con sus obligaciones fiscales.
f)
Copia autenticada del pasaporte del país de origen, a nombre del peticionario, donde se
acredita la nacionalidad.
g)
Certificación autenticada, expedida por el Consulado General de España en Panamá,
donde se acredita la Ley de Reciprocidad No. 36 de
08
de'octubre de 2002 y por medio
de la cual se establece las normas relativas a la adquisición, renuncia, pérdida y
recuperación de la nacionalidad española expresado por el Articulo 22 del Código Civil
de España y se dictan otras disposiciones a favor del peticionario.
h) Copia de la Resolución No. 408 del
13
de septiembre de 2018, expedida por el
Tribunal Electoral.
i)
Informe rendido por el Director General Encargado del Servicio Nacional de
Migración, donde indica que el peticionario, cumple con
lo
preceptuado en el Decreto
Ley 3 de
22
de febrero de 2008.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR