Resolución N° 62. Por la cual se expide carta de naturaleza a favor de elaine alexandra bermúdez rondon.

Fecha de publicación19 Septiembre 2022
Fecha05 Mayo 2022
EmisorMINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
No. 29625-A Gaceta Oficial Digital, lunes 19 de septiembre de 2022 1
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ÓR.GANO EJECUTIVO 1
MINISTERIO DE SEGURIDAD
PÚBLÍ:A
SERVICIO NACIONAL DE
MIGRACipN
RESOLUCIÓN
NÚMERO
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PANAMÁ,_5_DE
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DE
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EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICl4.
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que ELAINE ALEXANDRA BERMÚDEZ RONDON, nacional de COLOMBIA,
mediante apoderado legal, solicita
al
Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio .de
Seguridad Pública, que se
le
conceda
CARTA
DE
NA
TURALE
ZJ
A, de conformidad con lo
que establece el ordinal 3o. del artículo 1
O de la Constitución Pdlítica y Decreto Ley 3 de
22 de febrero de 2008.
Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos:
a) Certificación expedida por el Servicio Nacional de Migractón, donde consta que la
peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, concedida mediante Resolución No. 3,264
del
15
de febrero de 201
7.
b) Certificación expedida
por
la Dirección de Investigación Judicial, donde consta que la
peticionaria no registra antecedentes penales. 1
l
c) Copia autenticada del carné de residente permanente No. E-8-152710, expedido
por
el
Director Regional de Cedulación de Panamá Centro, a nombre! de la peticionaria.
1
i
d) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Luis M. Melébdez.
e) Certificación de Paz y Salvo expedida
por
el Ministerio
de
Economía y Finanzas,
donde consta que la peticionaria cumple con sus obligaciones fiscales.
f)
Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de la peticionariá, donde se
acredita la nacionalidad.
g) Certificación autenticada, expedida por el Consulado General de Colombia en Panamá,
donde se acredita la
Ley
de Reciprocidad No.
43
de 1 de febr
ro
de 1993,
por
medio de
la cual se establecen las normas relativas a la adquisicipn, renuncia, perdida y
recuperación de la nacionalidad Colombiana a favor.de la petiqionaria.
1
h) Copia de la Resolución No. 217 del
11
de abril de 2019,
lxpedida
por
el Tribunal
füct~.
1
i)
Informe rendido por la Directora General del Servicio Nacional de Migración, donde
indica que la peticionaria cumple con lo preceptuado en el Decreto Ley 3 de
22
de
febrero de 2008.

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