Resolución Nº 62 de Superintendencia de Bancos, 2007

Año2007
Fecha21 Mayo 2007
Número de resolución62
Tipo de documentoResolution
SecciónResoluciones SBP
República de Panamá
Superintendencia de Bancos
RESOLUCIÓN S.B.P. No. 062-2007
(de 21 de mayo de 2007)
El Superintendente de Bancos,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que ST. GEORGES BANK & COMPANY, INC., es una sociedad organizada conforme las
leyes de la República de Panamá, debidamente inscrita a ficha 406809, documento 276745 de la
Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público, con Licencia General otorgada
mediante Resolución S.B. No.223-2004 de 16 de noviembre de 2004;
Que PROMERICA, S.A. es una sociedad organizada de conformidad con las leyes de la
República de Panamá, inscrita a ficha 423338, documento 393293 de la Sección de
Micropelícula (Mercantil) del Registro Público;
Que ST. GEORGES BANK & COMPANY, INC. es propietario del 100% de las acciones de
PROMERICA, S.A.;
Que se ha presentado solicitud de autorización para que ST. GEORGES BANK &
COMPANY, INC. pueda absorber mediante denominado Convenio de Fusión por Absorción,
todos los bienes, activos, obligaciones y pasivos, cualquiera sea su clase, naturaleza o
descripción, ya sean existentes o contingentes, y el capital pagado, reservas, ganancias retenidas
y cualesquiera otros efecto de PROMERICA, S.A., quien será disuelta como persona jurídica;
Que la operación cuya autorización se solicita puede llevarse a cabo sin menoscabo de los
intereses de Banco ni del Centro Bancario, favoreciendo, por el contrario, el fortalecimiento de
ST. GEORGES BANK & COMPANY, INC.;
Que efectuados los análisis correspondientes, la solicitud presentada por ST. GEORGE BANK
& COMPANY, INC. y PROMERICA, S.A., no merece objeciones, y
Que de conformidad con lo dispuesto en los numerales 5 y 33 del Artículo 17 del Decreto Ley
No.9 de 1998, corresponde al Superintendente de Bancos resolver de conformidad.
RESUELVE:
ARTÍCULO UNICO: Autorizase a ST. GEORGES BANK & COMPANY, INC. para
absorber mediante denominado Convenio de Fusión por Absorción,
todos los bienes, activos, obligaciones y pasivos, cualquiera sea su clase, naturaleza o
descripción, ya sean existentes o contingentes, y el capital pagado, reservas, ganancias retenidas
y cualesquiera otros efecto de PROMERICA, S.A., quien será disuelta como persona jurídica.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ley No.9 de 26 de febrero de 1998 y Acuerdo
No.1-2004 de 29 de diciembre de 2004.
Dada en la ciudad de Panamá, a los veintiún (21) días del mes de mayo de dos mil siete (2007).
NOTIFÍQUESE, CÚMPLASE y PUBLÍQUESE.
Olegario Barrelier
Superintendente de Bancos

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