Resolución N° 679. Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la fundación causas.

Fecha de publicación09 Febrero 2023
Fecha23 Noviembre 2022
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
No. 29719-B Gaceta Oficial Digital, jueves 09 de febrero de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
-OOOIEHNO
Nl\CIONl\I.
-
MINISTERIO DE
DESARROLLO
SOCIAL
Resolución No. 679
(De 23 de noviembre de 2022)
"Que reconoce como organización de carácter social sin fines de lucro a la
FUNDACIÓN
CAUSAS"
La
Ministra
de Desarrollo Social
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que la organizac1on denominada FUNDACIÓN CAUSAS, debidamente inscrita
al
Folio No.
25024022, de la ?ección Mercantil del Registro Público de Panamá, cuyo representante legal es la señora
IVETTE
MARIA
CORDOVEZ
USUGA, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula de identidad
personal No. 8-730-2144, solicitó
al
Ministerio de Desarrollo Social, el reconocimiento como
organización de carácter social sin fines de lucro;
Que, para fundamentar su petición, la organización presentó la siguiente docmnentación:
1.
Poder y solicitud, dirigida a la Ministra de Desarrollo Social, mediante apoderada legal, donde
so
licita el reconocimiento como organización
de
carácter social sin fines de lucro. (fjs
.1
-2)
2.
Copia autenticada por la Dirección Regional
de
Cedulación, de la cédula de identidad personal de
la señora
IVETTE
MARÍA
CORDOVEZ
USUGA, representante legal de la organización.
(fj
.3)
3.
Certificación del Registro Público
de
Panamá, donde consta la vigencia y representación legal de la
organización.
(fj
.4)
4.
Copia autenticada de la Escritura Pública No. 6,023
de
24 de febrero de 2015, expedida por la
Notaría Quinta del Circuito de Panan1á, por la cual se protocolizan los documentos que otorgan la
personería jurídica a la FUNDACIÓN CAUSAS. (fjs.5-17)
5.
Pruebas documentales que demuestran, de manera fehaciente, que
la
asociación presta tm servicio
social. (fjs.23-25);
Que corresponde efectuar el examen de todos los elementos de juicio, tendientes a la emisión de
m1
criterio, por lo que,
al
analizarse la documentación aportada, se pudo constatar que, entre los principales
fines y objetivos de la organización denominada FUNDACIÓN CAUSAS, visibles a foja 10, del
expediente administrativo, se encuentran:
1.
Servir de enlace entre los individuos que deseen ofrecerse como voluntarios para causas
humanitarias y fundaciones o entidades que requieran de ellos.
2.
Utilizar redes sociales e internet para facilitar
el
proceso de postulación y reclutamiento de
voluntariado.
3.
Conceptualizar y ejecutar un programa en las redes escolares para crear conciencia social en los
panameños desde el nivel primario.
4.
Ayudar en la promoción
de
las campañas activas de labor social.
5.
Entablar y fomentar lazos de co laboración con organizaciones sociales activas que nos permitan la
creación y alimentación de la base de datos de la página web que reúnan las vacantes de voluntariado
a nivel nacional.
6.
Fomentar en los individuos
el
deseo
de
involucrarse en las actividades que promueven dichas
organizaciones, y de contribuir como instrumento de conciencia y solidaridad social;
Que dentro de las pruebas aportadas por
la
organización denominada
FUNDACIÓN
CAUSAS, visibles
de fojas
23
a la
25
del expediente administrativo, se evidencia que la organización tiene como objetivo ·
general fomentar en los individuos el deseo de involucrarse en las actividades que promueven
organizaciones y de contribuir como instrumento de conciencia y solidaridad social;
Que en virtud que esta superioridad está facultada para otorgar
el
reconocimiento de carácter social a
todas aquellas asociaciones cuyos objetivos y fines contenidos en sus estatutos se ajusten a las labores
de servicio social, conforme
lo
dispone
el
artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 230 de
06
de agosto de
2020, ha quedado evidenciado que la organización cumple con los requisitos exigidos para otorgarle
dicho reconocimiento;
Que, fLmdamentado en
lo
antes expuesto,

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