Resolución N° 72-2023. Por la cual se ordena el cierre de la defensoría del pueblo, sede principal, ubicada en el distrito y provincia de panamá, el día 15 de agosto de 2023, con motivo de la celebración de la fundación del citado distrito.

Fecha de publicación09 Agosto 2023
Fecha03 Agosto 2023
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO
No. 29843-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 09 de agosto de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
RESOLUCIÓN
No. 72-2023
(De 03 de agosto de 2023)
"Por la cual se ordena
el
cierre de
la
Defensoría dél Pueblo, sede principal, ubicada
en
el
Distrito y Provincia de Panamá,
el
día 15 de agosto de 2023, con motivo de la
celebración de la fundación del citado Distrito".
El suscrito DEFENSOR DEL PUEBLO
DE
LA REPÚBLICA
DE
PANAMÁ.,
EDUARDO LEBLANC GONZÁLEZ,
en
uso
de
las facultades que
le
confiere la
Constitución y la Ley:
CONSIDERANDO:
Mediante Ley
No.
7
de
5
de
febrero
de
1997, modificada
por
las Leyes
No.
41
de
de
diciembre
de
2005 y
No.
55
de
2
de
octubre
de
2009, se crea la Defensoría del Pueblo,
como una institución independiente, que actuará con plena autonomía funcional,
administrativa y financiera sin recibir instrucción
de
ninguna autoridad, órgano del
Estado o persona.
El
titular
de
la Defensoría del Pueblo, es la persona denominada Defensor o Defensora
del Pueblo, quien tiene la dirección y responsabilidad de la misma.
El Decreto Ejecutivo
No.
30
de
29 de diciembre
de
2022, publicado en Gaceta Oficial
No.
29691-C,
de
29
de
diciembre
de
2022, declara feriado para el año 2023, los días
del Santo Patrono y de la fundación
de
varias poblaciones del país y ordena el cierre
de
las oficinas públicas nacionales y municipales.
Conforme a
lo
establecido en el Decreto Ejecutivo No.
30,
arriba descrito, se declara
feriado el día 15
de
agosto
de
2023,
en
el Distrito
de
Panamá, Provincia
de
Panamá y
se ordena el cierre
de
las Oficinas Públicas, Nacionales y Municipales en el citado
Distrito, con motivo
de
la celebración del día
de
fundación del Distrito
de
Panamá.
En virtud
de
las consideraciones expuestas, el suscrito Defensor del Pueblo
de
la
República de Panamá, en uso
de
sus facultades constitucionales y legales.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Ordenar el cierre
de
las Oficinas
de
la Defensoría del Pueblo, sede
principal, ubicadas en el Distrito
de
Panamá, Provincia
de
Panamá, el día 15 de
agosto
de
2023,
de
8:00 a.m. a 4:00 p.m., con motivo
de
la celebración del día de
fundación del Distrito
de
Panamá.
ARTÍCULO 2: Establecer que para garantizar la continuidad del servicio que brinda
la Defensoría del Pueblo en defensa
de
los Derechos Humanos, se mantendrá la
atención
en
todas nuestras Oficinas Regionales y en todas las plataformas digitales
actualmente habilitadas
por
la entidad.
ARTÍCULO 3: Suspender durante todo el citado
día,
los términos en los
procedimientos administrativos que adelantan las Oficinas
de
la Defensoría del Pueblo,
sede principal, ubicada
en
el Distrito
de
Panamá, Provincia de Panamá, según lo
establecido en el Título V
de
la Ley 38
de
31
de
julio
de
2000.

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