Resolución N° 76-2022. Por la cual se adopta en la defensoría del pueblo, el programa de retiro voluntario para los servidores públicos, establecido en el decreto ejecutivo no. 204 de 08 de agosto de 2022.

Fecha de publicación24 Octubre 2022
Fecha12 Octubre 2022
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO
No. 29650-B Gaceta Oficial Digital, lunes 24 de octubre de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
RESOLUCIÓN No. 76-2022
(De 12 de octubre de 2022)
"Por la cual se adopta en la Defensoría del Pueblo, e/Programa de Retiro Voluntario
para los servidores públicos, establecido en el Decreto Ejecutivo No. 204 de 08 de
agosto de 2022".
El
suscrito DEFENSOR DEL
PUEBLO
DE
LA REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
,
EDUARDO
LEBLANC
GONZÁLEZ, en uso de las facultades que le confiere la
Ley
:
CONSIDERANDO:
Mediante
Ley
No
. 7 de 5 de febrero de 1997, modificada
por
las Leyes No.
41
de 1 º
diciembre de 2005 y No.
55
de 2 de octubre de 2009, se crea la Defensoría del Pueblo,
como una institución independiente, que actuará con
plena
autonomía funcional,
administrativa y .financiera sin recibir instrucción de ninguna autoridad, Órgano del
Estado o persona.
El
titular de la Defensoría del Pueblo, es la
persona
denominada Defensor o Defensora
del Pueblo, quien tiene la dirección y responsabilidad de la misma.
Debido a la situación socioeconómica que experimenta
el
país,
el
Consejo de Gabinete
dictó la Resolución No.
79
de 12 de
julio
de 2022, que estableció medidas adicionales
de austeridad
para
el
Órgano Ejecutivo, entre ellas, el Programa de Retiro Voluntario
para
los servidores públicos del Órgano Ejecutivo.
El
precitado Programa de Retiro Voluntario
para
los servidores públicos,
fae
adoptado
y reglamentado mediante
el
Decreto Ejecutivo No. 204 de 08 de agosto de 2022,
el
cual
estableció los requisitos necesarios
para
que los servidores
públicos
que desempeñan
funciones en ministerios, instituciones autónomas y semiautónomas, empresas
públicas
e intermediarios .financieros,
puedan
acogerse voluntariamente a dicho beneficio.
Del mismo modo,
el
Decreto Ejecutivo No. 204, ordenó a las Oficinas Institucionales de
Recursos Humanos de las entidades públicas, a difundir
el
contenido del Programa,
con miras a lograr su efectiva implementación.
El
Manual de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, atribuye a la
Oficina Institucional de Recursos Humanos, la
facultad
de desarrollar los
programas
de
bienestar laboral
para
el
personal
de la institución,
así
como la
de
calcular y
gestionar el trámite de los
pagos
y planillas adicionales.
Para ejecutar las acciones de Recursos Humanos vinculadas
al
Programa de Retiro
Voluntario arriba descrito y
por
tanto, efectuar la correspondiente asignación
presupuestaria, se hace necesario adoptar los lineamientos contemplados en
el
Decreto
Ejecutivo
No.
204, de tal suerte que, garanticen la adecuada implementación
para
todos los servidores
públicos
de la Defensoría del Pueblo.
En virtud de las consideraciones expuestas,
el
suscrito Defensor del Pueblo de la
República de Panamá, en uso de sus facultades legales.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR