Resolución N° 776. Que instituye la estructura organizativa del hospital materno infantil josé domingo de obaldía y dicta otras disposiciones.

Fecha de publicación02 Octubre 2023
Fecha14 Septiembre 2023
EmisorMINISTERIO DE SALUD
No. 29880-B Gaceta Oficial Digital, lunes 02 de octubre de 2023 1
~
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
-GOBIERNO NACIONAL -
MINISTERIO
DE
SALUD
RESOLUCIÓN
No.
77
(a
De
/J./
de
~
."1...tb
de
2023
Que
instituye la Estructura Organizativa del Hospital Materno Infantil José Domingo
De Obaldía y dicta otras disposiciones.
EL
MINISTRO DE
SALUD
~n
uso
de
sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 109
de
la Constitución Política
de
la República
de
Panamá,
establece que
es
función esencial del Estado velar
por
la salud
de
la población
de
la República. El individuo ·como parte
de
la comunidad, tiene derecho a la
promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación
de
la salud y la
obligación de conservarla, entendida ésta como el completo bienestar físico, mental
y social.
Que, el Decreto
de
Gabinete No.1 del 15
de
enero
de
1969, que crea el Ministerio
de Salud, establece que
es
éste quien tendrá bajo su cargo la determinación
de
la
conducción
de
la política
de
salud en el país,
por
medio de la planificación
de
las
acciones, y coordinación y orientación
de
todas las entidades del sector.
Que,
de
conformidad con el Decreto No. 75 del
27
de
febrero
de
1969, el Ministerio
de
Salud le corresponde mantener actualizada la legislación que regula las
actividades del sector salud.
Que, el Ministerio
de
Salud, como ente rector, su función normativa
es
indelegable
y comprende el desarrollo
de
acciones que garanticen la eficiente operación
de
los
servicios
de
salud,
de
acuerdo con las políticas y estrategias.
Que, la Ley 12 del 12
de
enero
de
2001, que reorganiza el Patronato del Hospital
Materno Infantil José Domingo De Obaldía.
Que, de Ley
45
de
junio del 2013,
Que
reforma la Ley 12 del 2001, que reorganiza
el Patronato del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía.
Que, el Ministerio de Salud a través de la Dirección del Hospital José Domingo
de
Obaldía ha puesto especial interés en la reorganización administrativa y funcional
de
esta instalación
de
salud, para adecuarla a una gestión administrativa que posibiliten
la desconcentración de actividades, que faciliten el desarrollo
de
procesos técnicos
administrativos eficientes y eficaces, en los servicios
de
atención que brindan a la
población
de
la provincia y áreas aledañas o circundantes.
Que, el equipo Directivo, técnico administrativos han trabajado con los técnicos
de
la
Oficina de Organización y Desarrollo Institucional la Estructura Organizativa, así
como, el Manual
de
Organización y Funciones que respaldan las actuaciones de las
Unidades Administrativas, y mantiene información actualizada sobre la organización
y funciones del Ministerio de Salud, especificando además, la denominación formal
de las unidades administrativas integradas
por
los Departamentos y servicios que
conforman el Hospital, su ubicación y dependencia jerárquica, objetivo, funciones, las
relaciones
de
coordinación internas y externas y lo referente a su estructura interna,
con lo cual se facilita el mantenimiento de un proceso permanente de comunicación
y coordinación entre los niveles de autoridad
de
la organización, con el propósito de
que todos y cada uno de sus integrantes conozcan los objetivos generales y
específicos de la instalación y colaboren en el cumplimiento
de
objetivos y metas
comunes.
No. 29880-B Gaceta Oficial Digital, lunes 02 de octubre de 2023 2
Que, es necesario aclarar que
el
Manual describe las funciones y responsabilidades
a nivel de "unidades administrativas" y no de "cargos". Se espera que
el
mismo
contribuya y sirva de guía para los funcionarios que laboran en
el
en
el
Hospital José
Domingo de Obaldía.
Que, este manual
se
constituye en una herramienta legal administrativa, que
se
implementa como
un
instrumento dinámico, por
lo
que debe ser revisada y
actualizada por parte de sus usuarios siempre que
se
introduzcan cambios que
modifiquen
en
forma sustantiva
el
rol
institucional o de alguna de las Unidades
Administrativas que
la
conforman, los cuales deben hacerse a través de
la
Oficina de
Organización y Desarrollo Institucional.
Que,
el
Ministro de Salud como máxima autoridad de este Ministerio le corresponde
aprobar a través de Resolución Ministerial
la
organización y reorganización de las
dependencias de este Ministerio, que incluye las Regiones de Salud, Hospitales
Regionales, y demás instalaciones de salud, considerando que dichas dependencias
mantienen sus asignaciones presupuestarias bajo
la
estructura programática de las
regiones de salud.
RESUELVE:
Artículo Primero: Instituir
la
Estructura Organizativa y adoptar el Manual de
Organización y Funciones del Hospital Materno Infantil José Domingo De Obaldía
Artículo Segundo:
El
Nivel Político y Directivo estará representado por
el
Patronato, Dirección Médica General y Sub-Dirección Médica General.
Artículo Tercero:
El
Nivel Coordinador estará representado por
1.
Comité de Bioseguridad
2.
Comité de Infecciones Asociadas a
la
Atención de Salud
3.
Comité de Calidad
4.
Comité de Desechos Hospitalarios
5.
Comité de Gestión de Riesgos Hospitalarios
6.
Comité de Ética Y Bioética Asistenciales y de Investigación
7.
Comité de Mortalidad Materna y Peri natal
8.
Comité de Farmacoterapia
9.
Comité Técnico Institucional de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional
1
O.
Comité de Medicina Transfusional
11. Comité de Lactancia Materna
Artículo Cuarto:
El
Nivel Asesor estará representado por las siguientes Unidades
Administrativas:
1.
Oficina de Calidad y Seguridad del Paciente
2.
Oficina de Asesoría Legal
3.
Oficina de Planificación
4.
Oficina de Relaciones Públicas
5.
Oficina de Gestión de Riesgos Hospitalarios
Artículo Quinto:
El
Nivel Fiscalizador estará representado por
la
Oficina de
Auditoría Interna.
Artículo Sexto:
El
Nivel Auxiliar de Apoyo estará representado por las siguientes
Unidades Administrativas:
1.
Oficina Institucional de Recursos Humanos
a.
Área de Planificación de Recursos Humanos
2
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b.
Área de Clasificación de Puestos y Remuneración
c.
Área de reclutamiento y Selección
d.
Área de Registro y Control de Recursos Humanos
e.
Área de Evaluación de Desempeño
f.
Área de Capacitación y Desarrollo del Servidor Público
g.
Área de Relaciones Laborales y Bienestar del Servidor Público
2.
Departamento de Administración:
a.
Sección de Compras
a.1. Almacén
b.
Sección de Presupuesto
c.
Sección de Transporte
d.
Sección de Servicios Generales
e.
Sección de Seguridad
f.
Sección de Lavandería, Ropería y Costurería
f
.1
. Área de Lavandería
f.2. Área de Ropería y Costurería
g. Bienes Patrimoniales
3.
Departamento de Finanzas:
a.
Sección de Contabilidad
b.
Sección de Costos de Atención Hospitalaria
c.
Sección de Tesorería
4.
Departamento de Mantenimiento
5.
Unidad de Biomédica
6.
Unidad de Informática
a.
Área de Desarrollo de Sistemas
b.
Área de Soporte Técnico
c.
Área de Seguridad Informática
d.
Área de Redes y telecomunicaciones
Artículo Séptimo:
El
Nivel Técnico estará representado por el Departamento de
Docencia e investigación y Unidad de Epidemiología.
Artículo Octavo:
El
Nivel Operativo estará representado por las siguientes
Unidades Administrativas:
1 . Consulta Externa:
a.
Clínica de Heridas
b.
Cuidados Paliativos
2.
Departamento de Ginecología y Obstetricia:
a.
Servicio de Ginecología
a.1. Clínica de Patología del Piso Pélvico Femenino y Uroginecología
a.2. Clínica de Trofoblasto
a.3. Clínica de Infertilidad
b.
Servicio de Obstetricia
b.1. Clínica de Embarazo de Alto Riesgo
3.
Departamento de Medicina Pediátrica:
a.
Servicio de Pediatría
b.
Servicio de Cardiología
c.
Servicio de Gastroenterología
d.
Servicio de Hemato Oncología
e.
Servicio de Neonatología
f.
Servicio de Nefrología
3

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