Resolución N° 800. Por la cual se ordena a las agencias distribuidoras, importadoras y fabricantes de los productos registrados, en proceso de registro sanitario, renovación y todas las nuevas solicitudes de registro sanitario que contienen los principios activos valsartán, irbesartán, losartán, candesartán y olmesartán, la inclusión de la determinación de nitrosaminas en el certificado de análisis, el cual debe evidenciar que los productos cumplen con los límites internacionalmente establecidos o se encuentran libres de las impurezas nitrogenadas: nitrosodimetilamina (ndma), nitrosodietilamina (ndea), ácido n-metilnitrosobutírico (nmba), n-nitrosoetilisopropilamina (eipna), n-nitrosodiisopropilamina (dipna) o cualquier otra nitrosamina que pueda formarse durante la síntesis de los antagonistas de los receptores de angiotensina ii.

Fecha de publicación25 Septiembre 2019
Fecha30 Agosto 2019
EmisorMINISTERIO DE SALUD
No. 28868-A Gaceta Oficial Digital, miércoles 25 de septiembre de 2019 1

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