Resolución N° 81-2023. Por la cual se aprueba la dispensa al banco de desarrollo agropecuario de no ser acreditado en la dirección general de carrera administrativa.

Fecha de publicación24 Marzo 2023
Fecha31 Enero 2023
EmisorBANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
No. 29747 Gaceta Oficial Digital, viernes 24 de marzo de 2023 1
Banco de Desarrollo Agropecuario
Panamá, República de Panamá
RESOLUCIÓN Núm. 81-2023
(De
31
de enero del 2023)
Por
la cual se
aprueba
la dispensa al Banco de Desarrollo Agropecuario de no ser
acreditado en la Dirección General de
Carrera
Administrativa.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 11, numeral, 1, de la, Ley 17 de
21
de abril de 2015, que
reorganiza el Banco de Desarrollo Agropecuario, la Junta Directiva es la autoridad máxima
del Banco y entre sus atribuciones se encuentra establecer las políticas y directrices generales
para el buen funcionamiento
del
Banco, de acuerdo con los Uneamientos de desarrollo
económico establecidos
por
el Órgano ·Ejecutivo.
Que mediante
la
Ley'23 ,de 27
d
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-abril
de
20
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que adopta, medidas para
pt~venir
el blanqueo
de capitales,
el
financiamiento
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4~1J~rrorismo
y el financimhlento de
la
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de destrucción1ma8iya y dicta ,ofras;
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Dirección General de
Carrera Administrativa y sus regulaciones, ya que
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Ley de Carrera Administrativa
para
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personal
cualificado, el cual entre otras
cosas debe mantener un pérfil íntegro no sólo en el ámbito laboral, sino también gozar de
probidad en el manejo de sus finanzas y su vida personal.
Que tomando en consideración que somos tina entidad financiera y crediticia supervisada por
la Superintendencia de Bancos de Panamá, con patrimonio propio, que utilizamos nuestros
propios recursos financieros para cubrir los gastos de funcionamiento, que manejamos un
sistema de méritos y evaluación a nuestro recurso humano, y más aún, que no fuimos
ratificados
ni
re acreditados por la Dirección General de Carrera Administrativa en el año
2017, al igual que tampoco lo fueron los pocos colaboradores que cuentan con esta condición.
Que de conformidad con el artículo 10 de la Ley
17
de 2015, las resoluciones que emita la
Junta Directiva necesitan para su aprobación el voto favorable de la mayoría de los miembros
presentes siempre que exista quórum, el cual se constituye para cada sesión con
la
asistencia
de tres de sus miembros.
Que en la presenta sesión existe quórum, y se
ha
sometido a la consideración de la Junta
Directiva de solicitar un permiso al Ministro de la Presidencia a fin de no acreditar al Banco
de Desarrollo Agropecuario en la Dirección General de Carrera Administrativa. por formar
parte de los entes financieros regulados y supervisados por ley.
No. 29747 Gaceta Oficial Digital, viernes 24 de marzo de 2023 2
Que luego de considerar la propuesta antes referida, la mayoría de los miembros de la Junta
Directiva presentes han votado dando su aprobación, en ejercicio de sus atribuciones legales,
RESUELVE:
PRIMERO:
APROBAR, la dispensa solicitada por parte del Banco de Desarrollo
Agropecuario de separarse y no ser acreditado por la Dirección General de Carrera
Administrativa, sobre la base de la función financiera, crediticia y a la condición de ser un
ente financiero regulado y supervisado por las regulaciones establecidas por la
Superintendencia de Bancos de Panamá.
SEGUNDO:
INFORMAR
el contenido de esta Resolución a las autoridades
correspondientes.
TERCERO:
Esta resolución empezara a regir a partir de su aprobación y publicación en la
Gaceta Oficial.
FUNDAMENTO DE
DERECHO:
Artículo 11, numeral
1deJa
·
ley17
de
21
de abril de
2015, que reorganiza el Banco de Desarrollo Agropecuario; Ley
23
de .. 27 de abril de 2015
que adopta medidas _para prevenir
el
blanqueo de capitales, -el
finaneiami~nto
del terrorismo
y el financiamiento de la proliferación de
annas.
de destruccióri'
maS,iva
y dicta otras
disposiciones
Y:todas
-sus moditicacíones.
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Dada en la ciudad de Panamá, .a
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PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
egal del Instituto de Mercadeo
Agropecuario
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Representante los Productores
Independientes
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