Resolución Nº 95 de Superintendencia de Bancos, 2019
Año | 2019 |
Fecha | 31 Mayo 2019 |
Número de resolución | 95 |
Tipo de documento | Resolution |
Sección | Resoluciones SBP |
República de Panamá
Superintendencia de Bancos de Panamá
RESOLUCIÓN SBP-0095-2019
(31 de mayo de 2019)
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que, GLOBAL BANK CORPORATION es una sociedad constituida y organizada de conformidad
con las Leyes de la República de Panamá, autorizada para ejercer el negocio de banca en y
desde Panamá al amparo de la Licencia Bancaria General otorgada mediante Resolución No. 4-
94 de 3 de marzo de 1994 por la Comisión Bancaria Nacional, hoy Superintendencia de Bancos;
Que, en atención al proceso de fusión por absorción entre la entidades GLOBAL BANK
CORPORATION y BANCO PANAMEÑO DE LA VIVIENDA, S.A., autorizada por esta
Superintendencia mediante Resolución SBP-0077-2019 de 14 de mayo de 2019, se contempla
como parte de la integración de las entidades bancarias el cierre de la sucursal Costa del Este de
GLOBAL BANK CORPORATION ubicada en Avenida la Rotonda y Boulevard Costa del Este,
Ciudad de Panamá, a partir del 31 de mayo de 2019;
Que, no obstante lo anterior, GLOBAL BANK CORPORATION mantendrá a disposición de sus
clientes, otros establecimientos y medios de acceso a los servicios bancarios que ofrece
regularmente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2, Literal I, del Artículo 16 de la Ley Bancaria,
corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el cierre de establecimientos bancarios; y
Que, mediante Resolución SBP-JD-0039-2019 de catorce (14) de mayo de 2019, se designó al
licenciado GUSTAVO VILLA como Superintendente Interino, del veintitrés (23) de mayo al siete
(07) de junio de dos mil diecinueve (2019), o hasta que se reintegre a sus funciones el
Superintendente titular;
Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de GLOBAL BANK CORPORATION no
merece objeciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO: Autorizar a GLOBAL BANK CORPORATION para el cierre de la sucursal
Costa del Este, ubicada en Avenida la Rotonda y Boulevard Costa del Este, Ciudad de Panamá.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 58, Numeral 2 y Artículo 16, Literal I, Numeral 2 de la Ley
Bancaria.
Dada en la ciudad de Panamá, a los treinta y un (31) días del mayo de junio de dos mil diecinueve
(2019).
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERINO,
Gustavo A. Villa
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