Resolución Nº AN No.6162-Elec de 2013-05-23 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 23-05-2013

Resolución No.6162-Elec Panamá, 23 de mayo de 2013
La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos y la Contraloría General de la República en uso
de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente Regulador
de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos,
como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la
prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado
sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y
distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, “Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”, establece el régimen al
cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización
de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 de la Ley 6 de 1997 le atribuye a esta Autoridad Reguladora
la función de otorgar las concesiones y licencias otorgar concesiones y licencias para la
prestación de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 47 de la referida Ley 6 de 1997 establece que los contratos de concesión para
distribución eléctrica suscritos con la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A.,
la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. y Elektra Noreste, S.A. tienen una
vigencia de quince años, los cuales culminan el veintiuno (21) de octubre de 2012;
5. Que el referido artículo 47 también establece que antes de vencerse ese término, esta
Autoridad Reguladora convocará a un proceso competitivo de concurrencia, de acuerdo con
lo establecido en la Ley, para la venta de un bloque no menor del cincuenta y un por ciento
(51%) de las acciones de la empresa titular de la concesión;
6. Que mediante nota No.DSAN-0389-13 de 7 de febrero de 2013, la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos solicitó a la Contraloría General de la República que aprobará los
siguientes proyectos de fianzas, los cuales guardan relación con el proceso de venta del
bloque del cincuenta y un por ciento (51%) de las acciones de las empresas titulares de las
concesiones de distribución eléctrica, que actualmente se encuentran en propiedad de
particulares:
6.1. Proyecto de Fianza de Propuesta de Oferta Económica que garantizará las ofertas
económicas que se reciban en el Acto Competitivo de Concurrencia para la de venta
del bloque del cincuenta y un por ciento (51%) de las acciones de las empresas
titulares de las concesiones de distribución eléctrica, que actualmente se encuentran
en propiedad de particulares.
6.2. Proyecto de Fianza de Cumplimiento que garantizará el fiel cumplimiento de los
Contratos de Concesión para Distribución y Comercialización de Energía Eléctrica, a
suscribirse con la Empresa de Distribución Metro-Oeste, S.A., Empresa de
Distribución Chiriquí, S.A. y Elektra Noreste, S.A., para el período comprendido del
22 de octubre de 2013 al 21 de octubre de 2028.
7. Que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos fundamentó su solicitud de aprobación
de los modelos de Fianza de Propuesta de Oferta Económica y Fianza de Cumplimiento, en
el numeral 9 del artículo 12 del Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, que reglamentó
la Ley 6 de 1997, el cual establece que las garantías y fianzas requeridas para el
cumplimiento de los deberes y obligaciones del concesionario, cuando procedan, serán
fijadas conjuntamente por la Autoridad Reguladora y la Contraloría General de la República;
8. Que en adición la Autoridad señaló que la naturaleza especial de las concesiones de
distribución y comercialización de energía eléctrica exigen la adopción de un modelo de
Fianza de Propuesta y de Fianza de Cumplimiento que sea acorde con las normas especiales

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