Resolución Nº AN No.8978-Elec de 2015-08-25 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 25-08-2015

Número de resolución8978
Fecha25 Agosto 2015
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 8978-Elec Panamá, 25 de agosto de 2015
"Por la cual se aprueba la Fianza de Construcción establecida mediante Resolución AN No.
1021-Elec de 19 de julio de 2007, modificada por las Resoluciones AN No. 7771-Elec de
29 de agosto de 2014 y AN No.8218-Elec de 7 de enero de 2015."
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006 se reorganizó la
estructura del Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad
Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado,
encargado de regular y controlar la prestación de servicios públicos de
abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas
natural;
2. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006 se reorganizó la estructura
del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional
de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, encargado de
regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión,
así como la de transmisión y distribución de gas natural;
3. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones, “Por la cual se dicta el
Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad,” y sus modificaciones, establecen el régimen al cual se sujetarán las
actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía
eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
4. Que el numeral 1 del artículo 9 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, señala que es
función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos regular el ejercicio de las
actividades del sector de energía eléctrica, para la disponibilidad de una oferta
energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales,
económicos, ambientales y de viabilidad financiera;
5. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 9 y en el artículo 49 de la
Ley 6 de 3 de febrero de 1997, corresponde a esta Autoridad Reguladora otorgar las
licencias para la construcción y explotación de centrales de generación eléctrica,
distintas a las hidroeléctricas y geotermoeléctricas;
6. Que el artículo 13 del Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, establece que
para la obtención de una licencia para la generación de energía eléctrica, cada
interesado deberá presentar una solicitud que incluya toda la información que
establezca la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos mediante Resolución;
7. Que mediante Resolución AN No. 1021-Elec de 19 de julio de 2007, modificada por
las Resoluciones AN No. 7771-Elec de 29 de agosto de 2014 y AN No.8218-Elec de
7 de enero de 2015, esta Autoridad Reguladora estableció el procedimiento para
tramitar las solicitudes de licencias para la construcción y explotación de las centrales
de generación eléctrica que no están sujetas al régimen de concesión;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR