Resolución Nº AN No. 12198-Elec de 2018-03-20 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 20-03-2018

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 12198-Elec Panamá, 20 de marzo de 2018
“Por la cual se aprueba la celebración de la Consulta Pública No. 003-18 para
considerar la propuesta de modificación del artículo 4 del Título V del Régimen de
Suministro del Reglamento de Distribución y Comercialización
, aprobado mediante
Resolución AN No. 411-Elec de 16 de noviembre de 2006, y sus modificaciones.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006 se reorganizó la estructura
del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional
de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, encargado de
regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión,
así como los de transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997, “ Por la cual se dicta el Marco
Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad” y
sus modificaciones, establecen el régimen jurídico al cual se sujetarán las actividades
de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, y fue
reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998;
3. Que mediante Resolución AN No. 411-Elec de 16 de noviembre de 2006 y sus
modificaciones, esta Autoridad Reguladora aprobó el Título V del Reglamento de
Distribución y Comercialización (RDC) denominado Régimen de Suministro;
4. Que en atención a lo establecido en el acápite a) del artículo 9 del Título I de
Reglamento de Distribución y Comercialización, dicho Reglamento podrá ser
modificado cuando existan situaciones que afecten el servicio de distribución y
comercialización que no fueron previstas en el Reglamento;
5. Que esta Autoridad Reguladora, requiere modificar el artículo 4 del Título V del
RDC, denominado Régimen de Suministro, en cuanto a los requisitos que deberán
presentar los clientes que residen en las áreas comarcales, áreas protegidas y aquellos
que se encuentran tramitando procesos de adjudicación ante la ANATI. Así como
aceptar la certificación del MIVIOT para la conexión del suministro eléctrico;
6. Que el Reglamento de Distribución y Comercialización aprobado mediante
Resolución AN No. 1231-elec de 25 de octubre de 2007 y sus modificaciones,
establece en el artículo 12 del Capítulo 1.5 del Título I de las disposiciones generales,
que “La ASEP someterá a la participación ciudadana la propuestas de modificación al
RDC para recibir comentarios y observaciones”;
7. Que en virtud de lo antes mencionado, esta Autoridad Reguladora ha considerado
someter a Consulta Pública la modificación del artículo 4 del Título V, que contempla
el Régimen de Suministro del Reglamento de Distribución y Comercialización;

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