Resolución Nº AN No. 10142-Elec de 2016-07-07 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 07-07-2016

Número de resolución10142
Fecha07 Julio 2016
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 10142-Elec Panamá, 7 de julio de 2016
“Por la cual se modifica la Licencia Definitiva otorgada a la empresa URBALIA PANAMÁ, S.A.,
para la construcción y explotación de una planta de generación de energía eléctrica denominada Cerro
Patacón, otorgada mediante Resolución AN No.7137-Elec de 28 de febrero de 2014 y su
modificación”.
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1.Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del Ente
Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos como organismo autónomo del Estado, encargado de regular y controlar la prestación de
los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;
2.Que el Texto Único de la Ley 6 de 3 de febrero de1997, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio
e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad", establece el régimen al que
se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía
eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3.Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 9 y en el artículo 49 del Texto Único de
la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, corresponde a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
otorgar las licencias para la construcción y explotación de centrales de generación eléctrica,
distintas a las hidroeléctricas y geotermoeléctricas;
4.Que el artículo 13 del Decreto Ejecutivo 22 de 19 dejunio de 1998, establece que para la obtención
de una licencia para la generación de energía eléctrica, cada interesado deberá presentar una
solicitud que incluya toda la información que establezca la Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos mediante Resolución;
5.Que mediante la Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007 y su modificaciones, esta
Autoridad Reguladora estableció el procedimiento para tramitar las solicitudes de licencias para la
construcción y explotación de las centrales de generación eléctrica que no están sujetas al régimen
de concesión;
6. Que mediante Resolución AN No.7137-Elec de 28 de febrero de 2014, esta Autoridad Reguladora
le otorgó Licencia Definitiva a la empresa URBALIA PANAMÁ, S.A., para la construcción y
explotación de una planta de generación de energía eléctrica utilizando gas metano y residuos
sólidos de descarte denominada Cerro Patacón, a ubicarse en el corregimiento de Ancón, distrito
de Panamá, provincia de Panamá, con una capacidad instalada de 10 MW;
7. Que esta Autoridad Reguladora resolvió por medio de la Resolución AN No.8955-ELEC de 18 de
agosto de 2015, modificarlos numerales 17.2 y 17.3 del Artículo 17 de la Resolución AN No.
7137-Elec de 28 de febrero de 2014, para que los mismos se leyeran de la siguiente manera:
"...17.2.- Plazo para la terminación de las obras. La Licenciataria se obliga a terminar la
construcción de las obras a más tardar el 16 de marzo de 2016, salvo las prórrogas que
otorgue la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, a solicitud debidamente
justificada que se le presente a esta Entidad dentro de los cuarenta y cinco (45) días
calendario anteriores al vencimiento de dicho plazo.
17.3.- Plazo para la puesta en operación comercial de la planta. La Licenciataria se obliga a
iniciar operaciones comerciales relativas a más tardar el 16 de mayo de 2016, salvo las
prórrogas que autorice la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, a solicitud
justificada que le presente la Licenciataria..."

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