Resolución Nº AN No.6221-Elec de 2013-06-19 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 19-06-2013

Número de resolución6221
Fecha19 Junio 2013
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.6221–Elec Panamá, 19 de junio de 2013
“Por la cual se aprueba la modificación de los Títulos I, II y V del Reglamento de Distribución
y Comercialización, aprobados mediante las Resoluciones AN No.1231-Elec de 25 de octubre
de 2007 y Resolución AN No.411-Elec de 16 de noviembre de 2006 y sus modificaciones.”
LA ADMINISTRADORA GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos (en adelante ASEP), organismo autónomo del Estado, encargado de
regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así
como los de transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dictó el “Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad,” establece el régimen
al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de
electricidad;
3. Que mediante las Resoluciones AN No.1231-Elec de 25 de octubre de 2007 y Resolución
AN No.411-Elec de 16 de noviembre de 2006, esta Autoridad aprobó los Títulos I, II y V
del Reglamento de Distribución y Comercialización, denominados Disposiciones
Generales, Derechos y Obligaciones de las Empresas, los Clientes Finales y los Usuarios
de la Red de Distribución y Régimen de Suministro, respectivamente;
4. Que en atención a lo establecido en el acápite a) del artículo 9 del Título I de Reglamento
de Distribución y Comercialización, dicho Reglamento podrá ser modificado cuando
existan situaciones que afectan el servicio de distribución y comercialización que no
fueron previstas en el Reglamento;
5. Que los actuales contratos de Concesión para la prestación del servicio público de
distribución de energía eléctrica, suscritos con la Empresa de Distribución Eléctrica Metro
Oeste, S.A. (EDEMET), la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. (EDECHI) y
Elektra Noreste, S.A. (ENSA) vencen el día 22 de octubre de 2013;
6. Que debido a lo anterior, esta Autoridad considera oportuno el momento para introducir
mejoras en los Títulos I, II y V del Reglamento de Distribución y Comercialización de
energía eléctrica, a efectos de adecuarlos a dichos cambios;
7. Que mediante Resolución AN No. 6046-Elec de 2 de abril de 2013, se aprobó la
realización de la Consulta Pública No.006-13, para considerar la propuesta de
modificación de los Títulos I, II y V del Reglamento de Distribución y Comercialización,
la cual se llevó a cabo del 5 al 26 de abril de 2013;
8. Que dentro del plazo otorgado para recibir comentarios a la propuesta de modificación de
los Títulos I, II y V del Reglamento de Distribución y Comercialización, esta Entidad
recibió los comentarios de la Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste, S.A.
(EDEMET) y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. (EDECHI), los cuales
se analizan a continuación:

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