Resolución Nº AN No.3283-Elec de 2010-02-19 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 19-02-2010

Número de resolución3283
Fecha19 Febrero 2010
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.3283-Elec Panamá, 19 de febrero de 2010
“Por la cual se autoriza a la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A.
(EDEMET) la expansión de su Zona de Concesión para la Distribución de Energía
Eléctrica".
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, reestructuró el Ente
Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para
regular y fiscalizar los servicios públicos de electricidad, agua potable,
alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como
transmisión y distribución de gas natural, de conformidad con las disposiciones
contenidas en dicha Ley y las respectivas leyes sectoriales;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley No. 10
de 26 de febrero de 1998, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional
para la Prestación del Servicio Público de Electricidad", establece el régimen al
cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio
público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en los artículos 54, 55 y 89 de la Ley No. 6 de 1997,
y en los artículos 7 y 8 del Decreto Ejecutivo No.22 de 19 de junio de 1998,
corresponde a la Autoridad Reguladora otorgar las concesiones para la prestación
de los servicios públicos de distribución y comercialización de energía eléctrica y
el establecimiento de la zona de influencia de la concesión, y que corresponde su
aprobación a la Autoridad Reguladora;
4. Que conforme a lo dispuesto en la Resolución No. JD-992 de 3 de septiembre de
1998, esta Autoridad Reguladora y la Empresa de Distribución Eléctrica Metro
Oeste, S.A., en adelante EDEMET, celebraron un Contrato de Concesión de
Distribución Eléctrica, el cual fue firmado el 22 de octubre de 1998;
5. Que el Contrato de Concesión en comento establece que la zona de concesión de
EDEMET podrá ser expandida dentro de su zona de influencia y que los límites de
dicha expansión se establecerán en un rango comprendido entre cinco mil (5,000)
metros y diez mil (10,000) metros del límite de la zona de concesión;
6. Que adicionalmente el inciso séptimo de la cláusula tercera del referido Contrato
de Concesión, establece que la empresa concesionaria, a saber EDEMET, podrá
solicitar la expansión de su zona de concesión dentro de la zona de influencia, así
como también señala que la aprobación de la misma corresponde a la Autoridad
Reguladora;
7. Que mediante Nota CM-066-10 de 26 de enero de 2010, EDEMET, presentó
solicitud formal para que se le autorizara la expansión de su zona de concesión a
un punto en el corregimiento de Toabré, distrito de Penonomé, provincia de Coclé,
el cual se encuentra geográficamente situado a una distancia de 708.72 metros de
la red existente, con las siguientes coordenadas:

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