Resolución Nº AN No.4806-Elec de 2011-10-07 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 07-10-2011

Número de resolución4806
Fecha07 Octubre 2011
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 4806-Elec Panamá, 7 de octubre de 2011
“Por la cual se aprueba la celebración de la Consulta Pública No. 14-11 para
considerar la propuesta de modificación de las Reglas de Compra, aprobadas mediante
Resolución AN No. 991-Elec de 11 de julio de 2007 y sus modificaciones”.
LA ADMINISTRADORA GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la
estructura del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo
del Estado, encargado de regular y controlar la prestación de los servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario,
telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de
transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones, “Por la cual se
dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio
Público de Electricidad,” establece el régimen al cual se sujetarán las
actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de
energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de
electricidad;
3. Que el artículo 3 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, establece que la
generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad
destinadas a satisfacer necesidades colectivas primordiales en forma
permanente, se consideran servicios públicos de utilidad pública;
4. Que de acuerdo al numeral 3 del artículo 4 de la Ley 6 de 3 de febrero de
1997, el Estado podrá intervenir en los servicios públicos de electricidad
para asegurar su prestación eficiente, continua e ininterrumpida;
5. Que el numeral 1 del artículo 20 de la Ley 6 de 1997, otorga a esta
Autoridad Reguladora la función de regular el ejercicio de las actividades
del sector de energía eléctrica, para asegurar la disponibilidad de una oferta
energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales,
económicos y de viabilidad financiera; así como propiciar la competencia en
el grado y alcance definidos por dicha Ley;
6. Que, mediante la Resolución AN No. 991-Elec de 11 de julio de 2007, la
cual ha sido modificada a través de las Resoluciones AN No.1094-Elec de
28 de agosto de 2007, AN No. 1593-Elec de 10 de abril de 2008, AN No.
1998-Elec de 14 de agosto de 2008 y AN No. 3477-Elec de 10 de mayo de
2010, esta Autoridad Reguladora aprobó las Reglas de Compra;
7. Que el Artículo Cuarto de la Resolución AN No. 991-Elec de 11 de julio de
2007 y sus modificaciones, establece que las Reglas de Compra, podrán ser
modificadas por la Autoridad Reguladora a través del procedimiento de
Consulta Pública, ya sea a petición de parte o de oficio;
8. Que la Autoridad Reguladora ha preparado una propuesta de modificación
de las Reglas de Compra, cuyo contenido y alcance se encuentra detallado
en el Anexo A de la presente Resolución como parte del proceso de
armonización regulatoria entre el Marco Normativo Regional y la
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Regulación del Mercado Mayorista de Electricidad, así como la
armonización regulatoria entre Colombia y Panamá con la finalidad de
permitir que en los Actos de Concurrencia para la contratación de Potencia
y/o Energía para el abastecimiento de los clientes de las empresas de
distribución eléctrica participen los Agentes Regionales o Agentes del
Mercado Eléctrico Regional (MER) y los Agentes de Interconexión
Internacional o Potenciales Agentes de Interconexión Internacional;
9. Que de la experiencia en la aplicación de las Reglas de Compra aprobadas
mediante Resolución AN No. 991-Elec de 11 de julio de 2007 y sus
modificaciones, se han propuesto algunos temas que deben modificarse para
el logro de una adecuada gestión de compra;
10. Que el numeral 25 del artículo 20 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997,
establece, entre las atribuciones de la Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos, realizar en general, todos los actos necesarios para el
cumplimiento de las funciones que le asigne la ley;
RESUELVE:
PRIMERO: APROBAR la celebración de una Consulta Pública No. 14-11 para
considerar la propuesta de modificación de las Reglas de Compra, aprobadas
mediante Resolución AN No. 991-Elec de 11 de julio de 2007 y sus modificaciones,
cuyo texto completo se encuentra en el ANEXO A de la presente Resolución.
SEGUNDO: COMUNICAR a todos los interesados en participar en la Consulta
Pública No. 14-11 de la cual trata el Artículo Primero de esta Resolución, que del
lunes 10 de octubre al lunes 24 de octubre de 2011, estará disponible la propuesta de
modificación de las Reglas de Compra, aprobadas mediante la Resolución AN No.
991-Elec de 11 de julio de 2007 y sus modificaciones, en la Dirección Nacional de
Electricidad, Agua Potable y Alcantarillado Sanitario de la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos y en la sección de Avisos, de la página Web de Internet de la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos www.asep.gob.pa.
TERCERO: ESTABLECER el procedimiento a seguir en la Consulta Pública No.
14-11 que considerará la propuesta de modificación de las Reglas de Compra,
aprobadas mediante Resolución AN No. 991-Elec de 11 de julio de 2007 y sus
modificaciones, el cual se describe a continuación:
1. Avisos
La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, mediante Aviso
publicado durante dos (2) días calendario en dos (2) diarios de circulación
nacional, comunicará al público la realización de la Consulta Pública No.
14-11 para la consideración de la propuesta de modificación de las Reglas
de Compra, aprobadas mediante la Resolución AN No. 991-Elec de 11 de
julio de 2007 y sus modificaciones.
2. Presentación de comentarios:
a. Personas calificadas para entregar comentarios:
i. Los representantes legales de los agentes del mercado,
conforme hayan sido registrados en la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos, o las personas debidamente
autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las
disposiciones legales vigentes.
ii. Los representantes legales de las empresas o personas
naturales que a la fecha de la publicación de la presente
Resolución hayan iniciado un proceso ante la Autoridad
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Nacional de los Servicios Públicos, para la obtención de una
o varias concesiones y/o licencias para la prestación de los
servicios público de electricidad.
iii. Los representantes de las organizaciones, empresas o
asociaciones públicas o privadas, o las personas debidamente
autorizadas por ellos mediante poder otorgado conforme a las
disposiciones legales vigentes.
iv. Las personas naturales que actúen en su propio nombre y
representación, o las personas debidamente autorizadas por
ellos mediante poder otorgado conforme a las disposiciones
legales vigentes.
b. Fecha y hora límite de entrega:
i. Los interesados en presentar sus comentarios deberán hacerlo
desde las nueve de la mañana (9:00 a.m.) del lunes 10 de
octubre hasta las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) del 24 de
octubre del año 2011.
ii. El día 25 de octubre de 2011, la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos levantará un acta en la cual constará el
nombre de las personas que hayan presentado sus
comentarios.
c. Lugar de Entrega:
Edificio Office Park
Vía España y Fernández de Córdoba
Primer Piso, Dirección Nacional de Electricidad, Agua
Potable y Alcantarillado Sanitario.
En horario de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
d. Forma de Entrega de los Comentarios: En sobre cerrado el cual debe
contener la siguiente leyenda:
CONSULTA PÚBLICA
PARA LA CONSIDERACIÓN DE LA PROPUESTA DE
MODIFICACIÓN DE LAS REGLAS DE COMPRA,
APROBADAS MEDIANTE LA RESOLUCIÓN AN No.
991-ELEC DE 11 DE JULIO DE 2007 Y SUS
MODIFICACIONES.
NOMBRE, TELÉFONO, FAX Y DIRECCIÓN DEL
REMITENTE
e. Contenido de la Información:
i. Nota remisoria: los comentarios y la información que los
respalde deben ser remitidos a la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos mediante nota que debe ser firmada por las
personas a que se refiere el punto 2.a. de este procedimiento.
Dicha nota deberá estar acompañada de copia de la cédula de
identidad personal o pasaporte de la persona que la suscribe.
ii. En la documentación que se presente debe explicarse de
manera clara la posición de la persona acerca del tema objeto
de la Consulta Pública No. 14-11.

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