Resolución Nº AN No.12240-Elec de 2018-05-28 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 28-05-2018

Número de resolución12240
Fecha28 Mayo 2018
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Resolución: AN No. 12240-Elec Panamá 28 de mayo de 2018
“Por la cual se autoriza la Adenda No. 1 al Contrato de Concesión celebrado con la empresa
HIDROÉLECTRICA BARRILES, S.A., para la construcción, explotación y
mantenimiento de la Central Hidroeléctrica denominada COLORADO.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERADO:
1. Que mediante el Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006 se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, encargada de regular y controlar
la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado
sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la de transmisión y
distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, y sus modificaciones, “Por la cual se dicta el Marco
Regulatorio e Institucional para la prestación del servicio público de electricidad”, establece
el régimen al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de
electricidad, y fue reglamentada mediante Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 del Texto Único de la Ley 6 antes referida, señala que es
función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar concesiones y licencias
para la prestación del servicio público de electricidad;
4. Que el artículo 43 del Texto Único de la Ley 6, arriba citada, establece que la construcción y
explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y las actividades de
transmisión y distribución para el servicio público de electricidad quedan sujetas al régimen
de concesiones;
5. Que mediante la Resolución No.JD-3460 de 19 de agosto de 2002, modificada por las
Resoluciones No.JD-3516 de 25 de septiembre de 2002, AN No.203-Elec de 7 de agosto de
2006, AN No.631-Elec de 6 de febrero de 2007 y AN No.4519-Elec de 21 de junio de 2011,
se establecieron los requisitos y condiciones necesarios para el otorgamiento de concesiones
para la construcción y explotación de plantas de generación geotermoeléctricas e
hidroeléctricas; y la misma estuvo vigente hasta el 3 de septiembre de 2012, toda vez que la
misma fue derogada por la Resolución AN No.5558-Elec de 31 de agosto de 2012,
publicada en Gaceta Oficial No.27,113 de 4 de septiembre de 2012;
6. Que luego de cumplir con las formalidades establecidas en las disposiciones legales
descritas en los considerandos que anteceden, esta Autoridad Reguladora, mediante
Resolución AN No.6220-Elec de 19 de junio de 2013, otorgó a la empresa
HIDROELÉCTRICA BARRILES, S.A., derecho de concesión para la construcción y
explotación de la central hidroeléctrica denominada COLORADO, aprovechando las aguas
del río Colorado, ubicado en el corregimiento de Volcán, distrito de Bugaba, provincia de
Chiriquí, con una capacidad de 5.138 MW;
7. Que el Contrato de Concesión de Generación Hidroeléctrica antes mencionado fue
refrendado por la Contraloría General de la República el 28 de noviembre de 2013, teniendo
como plazo para inicio de construcción veinticuatro (24) meses posterior a dicha fecha de
refrendo, es decir el 28 de noviembre de 2015; y la terminación de construcción e inicio de
operación cuarenta y ocho (48) meses después al refrendo, es decir, el 28 de noviembre de
2017;

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