Resolución Nº AN No.5616-Elec de 2012-09-27 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 27-09-2012

AUTORIDAD DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.5616-Elec Panamá, 27 de septiembre de 2012
Por la cual se otorga el derecho de concesión a favor de la empresa Hidroeléctrica
Barriles, S.A., para la construcción y explotación de una Central Hidroeléctrica
denominada BARRILES.
LA ADMINISTRADORA GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la
estructura del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos como organismo autónomo del
Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario,
telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de transmisión y
distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley No.10 de 26 de
febrero de 1998, Ley 57 de 13 de octubre de 2009, Ley 30 de 16 de junio de 2010,
Ley 51 de 29 de septiembre de 2010, Ley 65 de 26de octubre de 2010, Ley 43 de 25
de abril de 2011, Ley 58 de 30 de mayo de 2011 y Ley 43 de 9 de agosto de 2012,
por la cual se dictó el “Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del
Servicio Público de Electricidad”, establece el régimen al cual se sujetarán las
actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía
eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 del Texto Único de la Ley 6 de 1997, antes referida,
señala que esta Autoridad Reguladora está facultada para otorgar concesiones y
licencias para la prestación de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 43 del citado Texto Único de la Ley 6 de 1997, establece que la
construcción y explotación de plantas de generación hidroeléctrica y
geotermoeléctrica y las actividades de transmisión y distribución para el servicio
público de electricidad, quedan sujetas al régimen de concesiones;
5. Que mediante Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2002, modificada por las
Resoluciones JD-3516 de 25 de septiembre de 2002, AN No. 203-Elec de 7 de
agosto de 2006 y AN No. 631-Elec de 6 de febrero de 2007, AN No.4519 de 21 de
junio de 2011 y AN No.5558-Elec de 31 de agosto de 2012, se establecieron los
requisitos y condiciones necesarios para otorgar concesiones para la construcción y
explotación de plantas de generación geotermoeléctricas e hidroeléctricas;
6. Que mediante la Resolución No. 1292-Elec de 19 de noviembre de 2007 se autorizó
a la empresa Hidroeléctrica Barriles, S.A., para que acudiera a la Autoridad
Nacional del Ambiente, con la finalidad de obtener las aprobaciones pertinentes del
Estudio de Impacto Ambiental relativo al proyecto hidroeléctrico denominado
BARRILES y el Contrato de Concesión de Aguas para la utilización del recurso
natural denominado quebrada Barriles y, le concedió un plazo de doce (12) meses,
contados a partir de la ejecutoriada de la resolución citada, para la entrega de dichos
documentos a esta Entidad Reguladora;
7. Que el plazo originalmente otorgado en la Resolución No. JD-1292 de 19 de
noviembre de 2007, fue prorrogado hasta el día 3 de diciembre de 2011, en virtud de
las solicitudes debidamente justificada por la empresa Hidroeléctrica Barriles,
S.A., mediante las Resoluciones AN No. 2385-Elec de 26 de enero de 2009, AN
No.3324-Elec de 10 de marzo de 2010 y AN No.4328-Elec de 15 de marzo de 2011;
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8. Que siguiendo el procedimiento para otorgar concesiones, contenido en la citada
Resolución JD-3460 de 2002 y sus modificaciones, y en virtud de lo dispuesto en la
Resolución AN No. 1292-Elec de 19 de noviembre de 2007, y sus modificaciones,
la empresa Hidroeléctrica Barriles, S.A., obtuvo y presentó ante esta Autoridad
Reguladora, copia autenticada de la resolución DIEORA IA-315-2010 de 11 de
mayo de 2010, mediante la cual se aprueba el Estudio de Impacto Ambiental relativo
al proyecto de la central hidroeléctrica BARRILES, copia autenticada de dicho
Estudio y copia autenticada del Contrato de Concesión del Contrato de Concesión
Permanente de Agua No.093-2011 de 12 de mayo de 2011, suscrito con la Autoridad
Nacional del Ambiente, debidamente refrendado por la Contraloría General de la
República, mediante el cual se le concede el derecho de uso de aguas de la quebrada
Barriles, ubicada en el corregimiento de Volcán, distrito de Bugaba, provincia de
Chiriquí:
9. Que luego de cumplidos todos los requisitos que contempla la Ley 6 de 3 de febrero
de 1997 y sus modificaciones, el Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, el
Decreto Ejecutivo 209 de 5 de septiembre de 2006 y el procedimiento establecido
por la Resolución No. JD-2460 de 19 de agosto de 2002 y su modificaciones,
corresponde a esta Autoridad Reguladora otorgar el derecho de concesión solicitado
por la empresa Hidroeléctrica Barriles, S.A., y celebrar el Contrato de Concesión
para la construcción y explotación de la central de generación hidroeléctrica
denominada BARRILES, por lo que, la Administradora General;
RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR a favor de la empresa Hidroeléctrica Barriles, S.A., inscrita
en la Ficha 531241, Documento 977659 de la Sección de Micropelículas Mercantil del
Registro Público, derecho de concesión para la construcción y explotación de la central
hidroeléctrica denominada BARRILES, que aprovechará las aguas de la quebrada
Barriles, ubicada en el corregimiento de Volcán, distrito de Bugaba, provincia de
Chiriquí, para generar hasta 1 MW;
Las coordenadas de los sitios de las obras principales de dicho proyecto de
aprovechamiento hidroeléctrico son las siguientes:
Coordenadas del sitio de Desvío
Quebrada Barriles 971436 m N 314869 m E
Nivel Máximo de Operación
sitio de presa Quebrada Barriles 1,316.00 msnm
Boca toma o captación 971420 m N 314 894 m E
Elevación de boca o captación 1,316.00 msnm
Coordenadas del sitio de Casa de
Máquinas 973052 m N 314485 m E
Elevación del sitio de Casa de
Máquinas 1,225.00 msnm
Coordenadas del sitio de
Restitución/descarga de aguas 973069 m N 314471 m E
Elevación del sitio de
Restitución de Aguas 1,220.00 msnm
SEGUNDO: ESTABLECER que de conformidad con lo ordenado en la Resolución
No. F-4 de 12 de agosto de 1999, emitida conjuntamente por la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos y la Contraloría General de la República, la empresa
Hidroeléctrica Barriles, S.A., deberá consignar una Fianza de Cumplimiento por la
suma equivalente a Veinticinco Mil Balboas con 00/100 (B/. 25,000.00), una vez
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formalizado el Contrato de Concesión respectivo, la cual garantizará el cumplimiento de
los términos y condiciones del mismo.
TERCERO: CONCEDER a la empresa Hidroelectrica Barriles, S.A., un plazo de
treinta (30) días hábiles, contados a partir de que se le notifique la presente Resolución,
para que firme el Contrato de Concesión, cuyo modelo se adjunta como Anexo A de la
presente Resolución. Este plazo podrá ser prorrogado por la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos previa solicitud justificada de dicha empresa.
CUARTO: La presente Resolución regirá a partir de su notificación y sólo admite el
recurso de Reconsideración, el cual debe interponerse dentro del término de cinco (5)
días hábiles, contados a partir de la notificación de esta Resolución, el cual una vez
resuelto agota la vía gubernativa.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 26 de 29 de enero de 1996 modificada por el
Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997,
Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998; Ley No. 38 de 31 de julio de 2000 y
sus modificaciones.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
ZELMAR RODRIGUEZ CRESPO
Administradora General

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