Resolución Nº AN No.3693-Elec de 2010-07-27 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 27-07-2010

Número de resolución3693
Fecha27 Julio 2010
República de Panamá
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN Nº 3693-Elec Panamá, 27 de julio de 2010.
“Por la cual se autoriza a la Empresa de Distribución Eléctrica Metro Oeste, S.A.
(EDEMET) la expansión de su zona de concesión para la Distribución de Energía
Eléctrica”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente
Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, en adelante la Autoridad, como organismo autónomo del
Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de
gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley 10 de 26 de
febrero de 1998, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la
Prestación del Servicio Público de Electricidad", establece el régimen al que se
sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio
público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en los artículos 54, 55 y 89 de la Ley 6, y en los
artículos 7 y 8 del Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, corresponde a la
Autoridad Reguladora otorgar las concesiones para la prestación de los servicios
públicos de distribución y comercialización de energía eléctrica y el
establecimiento de la zona de influencia, y que corresponde su aprobación a la
Entidad Reguladora;
4. Que conforme a lo dispuesto en la Resolución No. JD-993 de 3 de septiembre de
1998, esta entidad Reguladora y la Empresa de Distribución Eléctrica Metro
Oeste, S.A., en adelante EDEMET, celebraron un Contrato de Concesión de
Distribución Eléctrica, el cual fue firmado el 22 de octubre de 1998;
5. Que el contrato en comento establece que la zona de concesión de EDEMET podrá
ser expandida dentro de su zona de influencia y que los límites de dicha expansión
se establecerán en un rango comprendido entre cinco mil (5,000) metros y diez mil
(10,000) metros del límite de la zona de concesión.
6. Que adicionalmente el inciso séptimo de la cláusula 3 del referido Contrato de
Concesión, establece que la empresa concesionaria, a saber EDEMET, podrá
solicitar la expansión de su zona de concesión dentro de la zona de influencia, así
como también señala que la aprobación de la misma corresponde a la Entidad
Reguladora;
7. Que mediante Nota CM-496-10 de 14 de junio de 2010, EDEMET presentó formal
solicitud para que se le autorizara la expansión de su zona de concesión a un punto
en el Corregimiento de Toabré, Distrito de Penonomé, Provincia de Coclé, el cual
se encuentra geográficamente situado a una distancia de 1,686 metros de la zona
de concesión con las siguientes coordenadas:

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