Resolución Nº AN No.3218-Elec de 2010-01-07 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 07-01-2010

Número de resolución3218
Fecha07 Enero 2010
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 3218 -Elec Panamá, 07 de enero de 2010
“Por la cual se otorga licencia provisional a la empresa INNOVENT CENTRAL
AMERICA, S.A., para la instalación, operación y explotación de un parque
eólico, para la generación de energía eléctrica denominado MARAÑÓN, a
ubicarse en los corregimientos de La Yeguada y Monjarás, distrito de Calobre,
provincia de Veraguas.”
El Administrador General,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad
Nacional de los Servicios Públicos (en adelante ASEP), como organismo
autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación
de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado
sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión, así como los de
transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dictó el “Marco
Regulatorio e Institucional para la prestación del Servicio Público de
Electricidad”, establece el régimen al cual se sujetarán las actividades de
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,
destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 20 y el artículo 60
de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, en referencia, corresponde a la ASEP
otorgar las licencias para la construcción y explotación de centrales de
generación eléctrica, distintas a las hidroeléctricas y geotermoeléctricas;
4. Que el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998,
establece que para la obtención de una licencia para la generación de energía
eléctrica, cada interesado deberá presentar una solicitud que incluya toda la
información que establezca la ASEP mediante Resolución;
5. Que mediante la Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007, la
ASEP estableció el procedimiento para tramitar las solicitudes de licencias de
construcción y explotación de las centrales de generación eléctrica que no
están sujetas al régimen de concesión;
6. Que los interesados en la construcción y explotación de plantas sujetas a
licencias, deben llenar y presentar ante esta Entidad el formulario E-170-A y
adjuntar los documentos exigidos en el Anexo 2 de la Resolución AN No.
1021-Elec de 19 de julio de 2007;
7. Que el 9 de febrero de 2009, la empresa INNOVENT CENTRAL AMERICA,
S.A., presentó ante la ASEP, formal solicitud para que se le otorgue una
Licencia para la instalación, operación y explotación de un PARQUE
EÓLICO para la generación eléctrica, denominado MARAÑÓN, a ubicarse en
los corregimientos de La Yeguada y Monjarás, distrito de Calobre, provincia
de Veraguas, con una capacidad de 50 MW;

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