Resolución Nº AN No. 10502-Elec de 2016-10-05 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 05-10-2016

Número de resolución10502
Fecha05 Octubre 2016
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN N° 10502-Elec. Panamá, 5 de octubre de 2016
“Por la cual se autoriza a la empresa CERRO AZUL POWER GENERATION CO., S.A.,
ceder a favor de la empresa ENERGYST INTERNATIONAL B.V., la Licencia Definitiva
para la construcción y explotación de una planta de energía denominada, otorgada a través de
la Resolución AN No.7191-Elec de 20 de marzo de 2014 y sus modificaciones.”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006 reestructuró el Ente Regulador de los
Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como
organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de
servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas
natural;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Públicos de Electricidad", establece el
régimen al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de
electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 9 y en el artículo 49 del Texto
Único de la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997, corresponde a esta Autoridad Reguladora
otorgar las licencias para la construcción y explotación de centrales de generación
eléctrica, distintas a las hidroeléctricas y geotermoeléctricas;
4. Que el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No.22 de 19 de junio de 1998, establece que para
la obtención de una licencia para la generación de energía eléctrica, cada interesado deberá
presentar una solicitud que incluya toda la información que establezca la Autoridad
Reguladora mediante Resolución;
5. Que mediante la Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007, esta Autoridad
Reguladora estableció el procedimiento para tramitar las solicitudes de licencias para la
construcción y explotación de la centrales de generación eléctrica que no están sujetas al
régimen de concesión;
6. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la aducida Resolución AN No.1021 y sus
modificaciones, las Resoluciones que otorguen las licencias indicarán en forma explícita
los derechos, obligaciones y restricciones de las respectivas Licencias;
7. Que mediante la Resolución AN No.7191-Elec de 20 de marzo de 2014 y sus
modificaciones, esta Autoridad Reguladora concedió Licencia Definitiva a la empresa
CERRO AZUL POWER GENERATION CO., S.A. , para la construcción y explotación
de una planta térmica de generación eléctrica denominada PLANTA GENERADORA
DE ELECTRICIDAD (CERRO AZUL 1), a ubicarse en Vista Hermosa, corregimiento
de Pacora, distrito de Panamá, provincia de Panamá, con una capacidad instalada de 45
MW;
8. Que a través de memorial recibido en esta Autoridad el 26 de agosto de 2016, los
Apoderados Especiales de la empresa CERRO AZUL POWER GENERATION CO.,
S.A. solicitaron la aprobación de la cesión de la Licencia Definitiva correspondiente al
proyecto PLANTA GENERADORA DE ELECTRICIDAD (CERRO AZUL 1) a favor
de ENERGYST INTERNATIONAL B.V. motivado, entre otros, en las siguientes
razones:

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