Resolución Nº AN No.3022-Elec de 2009-10-21 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 21-10-2009

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.3022 –Elec Panamá, 21 de octubre de 2009.
“Por la cual se otorga el derecho de concesión para la construcción y explotación de
una central hidroeléctrica denominada Chorcha”.
El Administrador General,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se
reestructuró el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre
de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo
autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la
prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y
televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley
No. 10 de 26 de febrero de 1998, “Por la cual se dicta el Marco
Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad”, establece el régimen al que se sujetarán las actividades de
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía
eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 20 de la Ley No. 6 antes referida, señala
que es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (en
adelante la Autoridad) otorgar concesiones y licencias para la prestación
del servicio público de electricidad;
4. Que el artículo 54 de la Ley 6, arriba citada, establece que la construcción
y explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica
y las actividades de transmisión y distribución para el servicio público de
electricidad quedan sujetas al régimen de concesiones;
5. Que mediante Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2002, tal y como
quedó modificada por las Resoluciones JD-3516 de 25 de septiembre de
2002, AN No. 203-Elec de 7 de agosto de 2006 y AN No. 631-Elec de 6
de febrero de 2007, se establecieron los requisitos y condiciones
necesarios para otorgar concesiones para la construcción y explotación de
plantas de generación geotermoeléctricas e hidroeléctricas;
6. Que mediante Resolución JD-5844 de 9 de febrero de 2006, se le autoriza
al señor Josué Levy Levy para que acuda a la Autoridad Nacional del
Ambiente (ANAM), con la finalidad de obtener la aprobación del Estudio
de Impacto Ambiental y el Contrato de Concesión de Aguas relativos al
proyecto hidroeléctrico denominado Chorcha;
7. Que posteriormente mediante las Resoluciones AN No. 771-Elec de 20 de
abril de 2007 y AN No. 1596-Elec de 10 de abril de 2008, AN No. 2501-
Elec de 18 de marzo de 2009, AN No. 2501-Elec de 18 de marzo de 2009
y AN No. 2636-Elec de 21 de mayo de 2009, se prorrogó el plazo
otorgado en la Resolución JD-5844 de 9 de febrero de 2006 y sus
modificaciones al señor Josué Levy Levy, relativo al proyecto
hidroeléctrico Chorcha;
8. Que en la Resolución AN No. 2501-Elec de 18 de marzo de 2009,
modificada por la Resolución AN No.2636-Elec de 21 de mayo de 2009,
Resolución AN Nº 3022-Elec .
Panamá, 21 de octubre de 2009
2
se le extiende el plazo original otorgado para la entrega de los siguientes
documentos: a) Copia autenticada del la Resolución que aprueba el
Estudio de Impacto Ambiental b) Copia autenticada del Estudio de
Impacto Ambiental del proyecto hidroeléctrico Chorcha y c) Copia
autenticada del Contrato de Concesión de Aguas del proyecto
hidroeléctrico Chorcha debidamente refrendado por el Contralor General
de la República, por un mes adicional que vencía el 23 de febrero de 2010;
9. Que el 4 de marzo de 2009, el señor Josué Levy Levy presentó a
consideración de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP)
copia autenticada de la Resolución DIEORA IA-376-2008, que aprueba el
Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Chorcha, copia
autenticada del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico
Chorcha y el Contrato de Concesión Permanente para Uso de Agua No.
138-2008, relativo al Proyecto Hidroeléctrico Chorcha debidamente
refrendado por la Contraloría General de la República, con el fin de
obtener el Contrato de Generación Eléctrica;
10. Que dichos documentos fueron presentados en la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos, a nombre de la sociedad Hidroecológica Chorcha
S.A. debido a que con fecha de 7 de marzo de 2008 solicitaron a la
ANAM el cambio de titular de los mismos, de manera que de allí en
adelante el titular de dichas aprobaciones fuese la citada empresa, cuyas
acciones pertenecen en un 100% al señor Josué Levy Levy;
11. Que posteriormente el 1 de septiembre de 2009, mediante nota de la
empresa Agua & Energía, suscrita por su presidente y representante legal,
señor Josué Levy Levy, en la cual solicita el cambio de titular del
solicitante de la concesión de generación de energía eléctrica del proyecto
hidroeléctrico Chorcha, de persona natural (Josué Levy Levy), a la
persona jurídica denominada Hidroecológica Chorcha, S.A.;
12. Que el señor Levy fundamentó su solicitud en los siguientes hechos:
1. Que la solicitud de concesión para la Generación de Energía Eléctrica
(Formulario E-150), fue presentada el 22 de septiembre de 2005, a
nombre de Josué Levy Levy.
2. Que mediante Resolución JD-5844 de 9 de febrero de 2006, fue
otorgada al señor Josué Levy Levy la autorización para obtener el
Estudio de Impacto Ambiental y el Contrato de Concesión de Aguas
aprobados por la ANAM.
3. Que mediante la Resolución JD-3460 del 19 de agosto de 2002,
modificada por la Resolución JD-3516 del 25 de septiembre de 2002,
se estableció el nuevo procedimiento para el otorgamiento de
concesiones que se presenten con posterioridad al 5 de febrero de
2002.
4. Que mediante Resolución AN No. 631-Elec de 6 de febrero de 2007,
se establece en adición al parágrafo del numeral 4.5 del artículo 4 de
la Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2002 que las
autorizaciones para solicitar a la ANAM las aprobaciones
correspondientes al Estudio de Impacto Ambiental y el Contrato de
Concesión de Agua son intransferibles. Esta resolución es posterior a
la legislación en la cual se rige nuestro proceso de solicitud de
otorgamiento de concesión de generación de energía eléctrica,
además de que no estipula retroactividad a las solicitudes presentadas
con anterioridad a su emisión y promulgación.
Resolución AN Nº 3022-Elec .
Panamá, 21 de octubre de 2009
3
5. Que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha suscrito con
Agua y Energía, S.A., y su representante legal y presidente Josué
Levy Levy un Acuerdo de Apoyo Económico para impulsar los
estudios detallados y los diseños finales del proyecto hidroeléctrico
Chorcha, cuyo concesionario es la sociedad Hidroecológica Chorcha
S.A.
13. Que adicionalmente, el 4 de septiembre de 2009 el señor Josué Levy Levy
en representación de la sociedad Agua y Energía S.A., mediante nota
adjuntó más información respecto a la solicitud de cambio de titular de la
solicitud de concesión de energía eléctrica y presentó copias de la
documentación tramitada con la empresa CODESA y con el Consorcio
SEDIC-CAI, específicamente los siguientes documentos:
1. Solicitud de participación en la realización del EIA, Elaboración del
Plan de Manejo Ambiental relativo al proyecto hidroeléctrico
Chorcha, fechado 12 de diciembre de 2006.
2. Contrato entre CODESA y Agua y Energía S.A., para la ejecución de
los Estudios de Impacto Ambiental, elaboración del Plan de Manejo
para la central hidroeléctrica Chorcha, fechado 26 de diciembre de
2006.
3. Facturación de CODESA de 2 de enero de 2007, sobre el primer
pago correspondiente al Contrato de la Hidroeléctrica Chorcha.
4. Carta de CODESA de 4 de enero de 2007, relativa a la entrega del
contrato del proyecto hidroeléctrico Chorcha.
5. Nota de junio de 2009, que contiene el inicio de los diseños finales y
estudios detallados de geotécnica, geología, topografía de detalle y
estudios de suelos.
6. Contrato de servicios de diseño, fechado 22 de junio de 2009,
relativo al proyecto Chorcha.
7. Orden de proceder, fechada 11 de agosto de 2009, de Agua &
Energía S.A., para la ejecución de los contratos de diseño señalados.
8. Carta de 14 de agosto de 2009 de confirmación de inicio de trabajos
de diseño del proyecto Chorcha.
14. Que en virtud de la solicitud de cambio de titular de la solicitud de
concesión de energía eléctrica realizada por el señor Josué Levy Levy, esta
Autoridad Reguladora ha evaluado los argumentos indicados por él en su
solicitud y tiene a bien indicar lo siguiente:
1. La solicitud realizada por el señor Josué Levy Levy, para obtener la
autorización para presentar el Estudio de Impacto Ambiental ante y
ANAM y obtener el Contrato de Concesión de aguas, relativos al
proyecto hidroeléctrico Chorcha, se realizó el 22 de septiembre de
2005, y a través de la Resolución JD-5844 de 9 de febrero de 2006 se
le otorgó por un plazo de doce (12) meses, prorrogables, para la
presentación de dicha autorización.
2. Que al momento de otorgarle la Resolución JD-5844 de 9 de febrero
de 2006, la regulación vigente sobre la materia se encontraba
contenida en la resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2002,
modificada por la Resolución JD-3516 de 25 de septiembre de 2002.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR