Resolución Nº AN No.4441-Elec de 2011-05-11 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 11-05-2011

REPÚBLICA DE PANAMÁ
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN N° 4441-Elec Panamá, 11 de mayo de 2011
“Por la cual se aprueba el Documento de Licitación LPI Nº ETESA 02-11,
presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., (ETESA), relativo a la
compra del excedente de energía generada no contratada durante el periodo
comprendido del 1º de julio al 31 de diciembre de 2011, para atender la energía
requerida de Elektra Noreste, S.A., la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-
Oeste, S.A. y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A.”
LA ADMINISTRADORA GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente
Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos (en adelante la ASEP), como organismo autónomo del
Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución
de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 13 de febrero de 1997 y sus modificaciones, "Por la cual se dicta
el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad", establece el régimen al que se sujetarán las actividades de
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,
destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el artículo 92 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, tal como fue modificado
por el artículo 4 de la Ley 57 de 13 de octubre de 2009, establece que la Empresa
de Transmisión Eléctrica, S.A. (en adelante ETESA) preparará el Pliego de
Cargos y efectuará la convocatoria de los actos de concurrencia para la compra
de potencia y/o energía, así como la evaluación y adjudicación de los contratos
de suministro correspondientes, de acuerdo con los parámetros, criterios y
procedimientos establecidos por la ASEP y asignará dichos contratos de
suministro a las empresas distribuidoras para su firma y ejecución, mediante
resolución debidamente motivada;
4. Que en cumplimiento de la excerta legal antes referida, ETESA, mediante nota
ETE-DET-GGC-246-2011, recibida el 3 de mayo de 2011, sometió a la
aprobación de esta Entidad Reguladora el Documento de Licitación LPI Nº
ETESA 02-11, para la compra del excedente de energía generada no contratada
para el periodo comprendido del 1º de julio al 31 de diciembre de 2011, para
atender la energía requerida de Elektra Noreste, S.A., la Empresa de Distribución
Eléctrica Metro-Oeste, S.A. y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí,
S.A., que no está cubierta por contratos, excluyendo la porción correspondiente a
Grandes Clientes que compran en el Mercado Eléctrico Panameño;
5. Que luego de revisar el Documento de Licitación LPI Nº ETESA 02-11, se llevó
a cabo una reunión en las oficinas de la ASEP el día 5 de mayo de 2011, a la cual
asistieron representantes de ETESA y ASEP, con la finalidad de intercambiar
comentarios y observaciones al Documento en referencia;
6. Que como resultado de las observaciones realizadas en la referida reunión,
mediante nota ETE-DET-GGC-257-2011, recibida el 9 de mayo de 2011,
ETESA presentó nuevamente a consideración de esta Entidad Reguladora, el
Documento de Licitación LPI Nº ETESA 02-11, para la compra del excedente de
Resolución AN N° 4441-Elec
Panamá, 11 de mayo de 2011
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energía generada no contratada para el periodo comprendido del 1º de julio al 31
de diciembre de 2011, para atender la energía requerida de Elektra Noreste, S.A.,
la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A. y la Empresa de
Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A., que no está cubierta por contratos,
excluyendo la porción correspondiente a Grandes Clientes que compran en el
Mercado Eléctrico Panameño;
7. Que mediante Resolución AN N° 991-Elec de 11 de julio de 2007 y sus
modificaciones, la ASEP estableció los "Parámetros, Criterios y Procedimientos
para la Compraventa Garantizada de Energía y Potencia para las Empresas de
Distribución Eléctrica" y la adición de un Anexo B que contiene el Documento
Estándar de Licitación;
8. Que de conformidad con el numeral 4.2 de la Sección I, del documento
"Parámetros, Criterios y Procedimientos para la Compraventa Garantizada de
Energía y Potencia para las Empresas de Distribución Eléctrica", antes señalado,
los parámetros allí descritos no aplican para Actos de Concurrencia que busquen
establecer un compromiso exclusivamente de energía mediante la contratación de
energía excedente, en la que se considerará que la misma es aquella ofertada por
los proponentes y que no está comprometida mediante contratos de suministro;
9. Que la ASEP ha analizado el Documento de Licitación LPI Nº ETESA 02-11,
para la compra del excedente de energía generada no contratada para el periodo
que va del 1º de julio al 31 de diciembre de 2011, y ha determinado que el mismo
cumple con las disposiciones legales vigentes y los criterios básicos que buscan
asegurar la disponibilidad oportuna y permanente de la energía necesaria para los
clientes finales, teniendo como objetivo minimizar los costos de la energía para
dichos clientes, por lo que la Administradora General,
RESUELVE:
PRIMERO: APROBAR el Documento de Licitación LPI Nº ETESA 02-11,
presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., (ETESA), relativo a la
compra del excedente de energía generada no contratada durante el periodo
comprendido del 1º de julio al 31 de diciembre de 2011, para atender la energía
requerida de Elektra Noreste, S.A., la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste,
S.A. y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A., que no está cubierta por
contratos, excluyendo la porción correspondiente a los Grandes Clientes que compran
en el Mercado Eléctrico Panameño. Dicho Pliego de Cargos se incluye como ANEXO
A de la presente Resolución y forma parte integral de la misma.
SEGUNDO: COMUNICAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., (ETESA)
que la presente Resolución regirá a partir de su notificación y sólo admite el Recurso de
Reconsideración, que deberá interponerse dentro del término de cinco (5) días hábiles,
contados a partir de su notificación.
Fundamento de Derecho: Ley 26 de 29 de enero de 1996 y sus modificaciones; Ley 6
de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones; y, Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio
de 1998 y demás disposiciones concordantes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
ZELMAR RODRÍGUEZ CRESPO
Administradora General
ANEXO A
RESOLUCIÓN AN Nº 4441-Elec de 11 DE MAYO DE 2011
“Por la cual se aprueba el Documento de Licitación LPI Nº ETESA 02-11,
presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., (ETESA), relativo
a la compra del excedente de energía generada no contratada durante el
periodo comprendido del 1º de julio al 31 de diciembre de 2011, para atender
la energía requerida de Elektra Noreste, S.A., la Empresa de Distribución
Eléctrica Metro-Oeste, S.A. y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí,
S.A.”

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