Resolución Nº AN No.5909-Elec de 2013-01-25 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 25-01-2013

Número de resolución5909
Fecha25 Enero 2013
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.5909-Elec Panamá, 25 de enero de 2013
“Por la cual se resuelve modificar el Contrato de Concesión celebrado con la empresa
HIDROELÉCTRICA RÍO PIEDRA, S.A. para la construcción y explotación del
proyecto hidroeléctrico Río Piedra y suscribir la Adenda No.2 a dicho Contrato”.
LA ADMINISTRADORA GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la
estructura del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad
Nacional de los Servicios Públicos (en adelante ASEP), como organismo autónomo
del Estado, encargado de regular y controlar la prestación de los servicios públicos de
abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas
natural;
2. Que la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997, “Por la cual se dictó el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”, establece el
régimen al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público
de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 del Texto Único de la Ley No.6, antes referida,
señala que es función de la ASEP otorgar concesiones y licencias para la prestación
de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 43 de la Ley No.6 antes mencionada, establece que la construcción y
explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y las
actividades de transmisión y distribución para el servicio público de electricidad
quedan sujetas al régimen de concesiones;
5. Que mediante la Resolución No. JD-5862 de 17 de febrero de 2006, la ASEP, otorgó
a favor de la empresa HIDROELÉCTRICA RÍO PIEDRA, S.A., inscrita en la
Ficha 328940, Rollo 53772, Imagen 40 de la Sección de Micropelículas Mercantil del
Registro Público, Derecho de Concesión para la construcción, instalación, operación y
mantenimiento de una planta hidroeléctrica denominada Río Piedra, aprovechando
las aguas del río Piedra, para generar hasta una capacidad de 9 MW y cuyo Contrato
de Concesión fue refrendado por la Contraloría General de la República, el 5 de
octubre de 2006;
6. Que mediante Resolución AN No.5052-Elec de 4 de enero de 2012, la ASEP aprobó
la Adenda No.1 al Contrato de Concesión celebrado con la empresa
HIDROELÉCTRICA RÍO PIEDRA, S.A., con el objeto de extender los plazos para
la terminación de la construcción de las obras e inicio de operaciones de la central
Hidroeléctrica Río Piedra hasta el 5 de octubre de 2013;
7. Que en tiempo oportuno, mediante notas recibidas el 5 y el 11 de diciembre de 2012,
la empresa concesionaria solicitó una segunda extensión del plazo para la terminación
de la construcción de las obras e inicio de operaciones de la central hidroeléctrica Río
Piedra fundamentándose en las siguientes razones:
7.1 Entrada de nuevos inversionistas que fortalecerán la inversión para la
culminación de las obras.

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