Resolución Nº AN No.13034-Elec de 2018-12-27 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 27-12-2018

Número de resolución13034
Fecha27 Diciembre 2018
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 13034-Elec Panamá, 27 de diciembre de 2018
“Por la cual se otorga Licencia Provisional a la empresa GENERADORA SOLAR OCCIDENTE, S.A.,
para la construcción y explotación de una planta de generación fotovoltaica denominada “CERRO
VIEJO”.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del Ente
Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos,
como organismo autónomo del Estado, encargado de regular y controlar la prestación de los servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones,
radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley No.10 de 26 de febrero de 1998,
por la cual se dicta el “Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad”, establece el régimen al cual se sujetarán las actividades de generación eléctrica, destinadas
a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 9 y el artículo 49 del Texto Único de la Ley 6
de 3 de febrero de 1997, corresponde a esta Autoridad Reguladora otorgar las licencias para la
construcción y explotación de centrales de generación eléctrica, distintas a las hidroeléctricas y
geotermoeléctricas;
4. Que el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No.22 de 19 de junio de 1998, establece que para la obtención de
una licencia de generación de energía eléctrica, cada interesado deberá presentar una solicitud que incluya
toda la información que establezca esta entidad mediante Resolución;
5. Que mediante la Resolución AN No. 1021-Elec de 19 de julio de 2007 y sus modificaciones, esta
Autoridad Reguladora estableció el procedimiento para tramitar las solicitudes de licencias para la
construcción y explotación de las centrales de generación eléctrica que no están sujetas al régimen de
concesión;
6. Que los interesados en la construcción y explotación de plantas sujetas a licencias, deben llenar y
presentar ante esta Entidad el Formulario E-170-A y adjuntar los documentos exigidos en el Anexo 2 de
la referida Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007 y sus modificaciones;
7. Que a través de la Resolución AN No.8218-Elec de 7 de enero de 2015, esta Autoridad Reguladora,
modificó los numerales 3 y 16, así como también adicionó el numeral 18 al artículo 10 y modificó el
artículo 16 del procedimiento para otorgar licencias de construcción y explotación de plantas de
generación de energía eléctrica aprobado mediante Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007,
modificada a su vez por la Resolución AN No.7771-Elec de 29 de agosto de 2014;
8. Que el día 19 de noviembre de 2018, la empresa GENERADORA SOLAR OCCIDENTE, S.A.,
presentó ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, formal solicitud para que se le otorgue una
Licencia para la construcción y explotación de una planta de generación fotovoltaica denominada
CERRO VIEJO a ubicarse en el corregimiento de Cabuya, distrito de Chame, provincia de Panamá
Oeste, con una capacidad instalada de Potencia nominal AC de 20 MWn en la salida de los inversores y
en DC de 25 MWp de potencia pico nominal DC, presentando la siguiente documentación:
1. Formulario E-170-A desarrollado y firmado por el Representante Legal.
2. Fotocopia de la cédula del Representante Legal de la empresa GENERADORA SOLAR
OCCIDENTE, S.A.

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