Resolución Nº AN No.4337-Elec de 2011-03-21 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 21-03-2011

Número de resolución4337
Fecha21 Marzo 2011
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.4337-Elec
Panamá, 21 de marzo de 2011
“Por la cual se aprueba el Procedimiento para la Aplicación del Sistema de Comercialización de
Medidores Prepago en la República de Panamá.”
LA ADMINISTRADORA GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos (en adelante la ASEP), como organismo autónomo del Estado, con
competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos de
abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones,
radio y televisión, así como la transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997 “Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad” y sus modificaciones,
establecen el régimen al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión,
distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio
público de electricidad;
3. Que el Reglamento de Distribución y Comercialización, en su Título IV denominado
Régimen Tarifario del Servicio Público de Distribución y Comercialización, adoptado
mediante Resolución JD-5863 de 17 de febrero de 2006 y sus modificaciones, establece en
su artículo 38, los criterios que la ASEP tomará en cuenta para la aprobación de la estructura
tarifaria que le presenten las empresas distribuidoras a su consideración, y permite, según se
expresa en el literal h de este mismo artículo, que dichas empresas ofrezcan como opción
tarifaria, el uso de medidores prepago, previa aprobación de la ASEP de una reglamentación
para el uso de estos medidores;
4. Que en atención a la citada opción tarifaria, mediante Resolución AN No.3970-Elec de 8 de
noviembre de 2010, la ASEP sometió a Consulta Pública una propuesta sobre el
“Procedimiento para la Aplicación del Sistema de Comercialización de Medidores Prepago
en la República de Panamá”, a fin de recibir comentarios dentro del periodo comprendido
entre el 11 de noviembre de 2010 al 22 de diciembre de 2010;
5. Que dentro del plazo señalado para recibir comentarios a la propuesta de procedimiento
supra citada, esta Autoridad recibió las opiniones de los siguientes participantes:
5.1. Elektra Noreste, S.A. (ENSA);
5.2. Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. (EDECHI)
5.3. Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A. (EDEMET);
5.4. Defensoría del Pueblo; y
5.5. Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO);
6. Que respecto a los comentarios presentados en la referida Consulta, esta Autoridad procede a
analizarlos a continuación:
6.1. COMENTARIOS GENERALES
ENSA recomienda modificar el objetivo del Sistema de Comercialización de Medidores
Prepago, a fin de incluir que el mismo se oriente a clientes de Baja Tensión Simple (BTS)
residenciales, de bajos ingresos o con un historial de cortes y reconexiones por morosidad.

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