Resolución Nº AN No.8910-Elec de 2015-08-07 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 07-08-2015

Número de resolución8910
Fecha07 Agosto 2015
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 8910-Elec Panamá, 7 de agosto de 2015
Por la cual se aprueba la Adenda No.8 al Documento de Licitación presentado por la Empresa
de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), correspondiente al Acto Competitivo de
Concurrencia LPI No. ETESA 01-15, para la contratación a Largo Plazo del Suministro de
Potencia y Energía exclusivo para Centrales de Generación Termoeléctricas, que atenderá los
requerimientos de la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A., la Empresa de
Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. y Elektra Noreste, S.A.
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, organismo autónomo del Estado, encargado de regular y controlar la
prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado
sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y
distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, “Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”, y sus modificaciones
establecen el régimen al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión,
distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio
público de electricidad;
3. Que el numeral 1 del artículo 9 de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, le atribuye a la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos la función de regular el ejercicio de las
actividades del sector de energía eléctrica, para asegurar la disponibilidad de una oferta
energética eficiente, capaz de abastecer la demanda bajo criterios sociales, económicos y de
viabilidad financiera, así como propiciar la competencia en el grado y alcance definidos por
la mencionada Ley e intervenir para impedir abusos de posición dominante de los agentes
del mercado;
4. Que el artículo 81-A de la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, conforme fue adicionado por
el artículo 4 de la Ley No. 43 de 9 de agosto de 2012, establece que la Empresa de
Transmisión Eléctrica, S.A. podrá realizar actos de potencia y/o energía con pliegos de
cargos especiales, aprobados por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos. Dichos
pliegos de cargos estarán sujetos a las directrices de política energética dictadas por la
Secretaría Nacional de Energía. En dichos pliegos de cargos especiales se podrá fijar un
precio de referencia para la contratación;
5. Que las Reglas de Compra, aprobadas mediante Resolución AN No.991-Elec de 11 de julio
de 2007, y sus modificaciones, establecen que los parámetros, criterios y procedimientos
aquí descritos no aplican para los Actos de Concurrencia de potencia firme y/o energía
mediante pliegos de cargos especiales. En estos casos y otros, que a criterio de la Empresa
de Transmisión Eléctrica, S.A., lo ameriten, para las compras que gestione ETESA, deberá
presentar un Documento de Licitación, el cual deberá ser aprobado por la Autoridad
Nacional de los Servicios Públicos;
6. Que mediante Resolución No.2270 de 6 de noviembre de 2014, la Secretaría Nacional de
Energía recomendó a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), la elaboración y
presentación ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, de los pliegos necesarios
para efectuar dos licitaciones públicas, tendientes a contratar energía y/o potencia de
fuentes térmicas de generación, bajo ciertos esquemas de contratación;
Resolución AN No. 8910-Elec
de 7 de agosto de 2015
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7. Que a través de la Resolución AN No.8273-Elec de 5 de febrero de 2015, modificada por la
Resolución AN No.8294-Elec de 9 de febrero de 2015, esta Autoridad Reguladora aprobó
el Documento de Licitación presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.
(ETESA), correspondiente al Acto Competitivo de Concurrencia LPI No. ETESA 01-15,
para la contratación a Largo Plazo del Suministro de Potencia y Energía exclusivo para
Centrales de Generación Termoeléctricas, para el periodo comprendido del 1° de julio de
2017 al 30 de junio de 2027, que atenderá los requerimientos de la Empresa de Distribución
Eléctrica Metro-Oeste, S.A., la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. y Elektra
Noreste, S.A.;
8. Que esta Autoridad Reguladora mediante Resolución AN No. 8508-Elec de 24 de abril de
2015, aprobó la Adenda No.1, correspondiente al Documento de Licitación arriba descrito;
9. Que a través de la Resolución AN No.8611-Elec de 27 de mayo de 2015, emitida por la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, se aprobó la Adenda No.2 y Adenda No.3 al
Documento de Licitación presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.
(ETESA), correspondiente al Acto Competitivo de Concurrencia LPI No. ETESA 01-15,
para la contratación a Largo Plazo del Suministro de Potencia y Energía exclusivo para
Centrales de Generación Termoeléctricas, que atenderá los requerimientos de la Empresa de
Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A., la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí,
S.A. y Elektra Noreste, S.A.;
10. Que por medio de las Resoluciones AN No.8651-Elec de 2 de junio de 2015 y la AN
No.8751-Elec de 1 de julio de 2015, esta Autoridad Reguladora aprobó la Adenda No.4 y
la Adenda No.5 respectivamente, correspondientes al Acto Competitivo de Concurrencia
LPI No. ETESA 01-15, para la contratación a Largo Plazo del Suministro de Potencia y
Energía exclusivo para Centrales de Generación Termoeléctricas, que atenderá los
requerimientos de la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, la Empresa de
Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A., y Elektra Noreste, S.A.;
11. Que esta Autoridad Reguladora mediante Resolución AN No.8765-Elec de 6 de julio de
2015, aprobó la Adenda No.6, presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A.
(ETESA), correspondiente al Acto Competitivo de Concurrencia LPI No. ETESA 01-15,
para la contratación a Largo Plazo del Suministro de Potencia y Energía exclusivo para
Centrales de Generación Termoeléctricas;
12. Que a través de la Resolución AN No.2560 de 15 de julio de 2015, emitida por la Secretaria
Nacional de Energía, se modificó el resuelto primero de la Resolución AN No.2270 de 6
noviembre de 2014, con el objeto de recomendar la extensión del término para la recepción
de las ofertas en las licitaciones públicas de compra de energía y/o potencia de fuentes
térmicas de generación;
13. Que mediante la Resolución AN No.8812-Elec de 17 de julio de 2015, se aprobó el cambio
de fecha del acto de recepción de ofertas correspondiente al Acto Competitivo de
Concurrencia LPI No. ETESA 01-15, para la contratación a Largo Plazo del Suministro de
Potencia y Energía exclusivo para Centrales de Generación Termoeléctricas, que atenderá
los requerimientos de la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, S.A., la Empresa
de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A. y Elektra Noreste, S.A. para el 31 de agosto de
2015 y se le ordenó presentar la Adenda respectiva en un término de dos (2) días hábiles
contados a partir de la notificación de la referida resolución;
14. Que por medio de la Resolución AN No.8814-Elec de 20 de julio de 2015, esta Autoridad
Reguladora aprobó la Adenda No.7, correspondiente al Acto Competitivo de Concurrencia
LPI No. ETESA 01-15, para la contratación a Largo Plazo del Suministro de Potencia y
Energía exclusivo para Centrales de Generación Termoeléctricas, que atenderá los
requerimientos de la Empresa de Distribución Eléctrica Metro-Oeste, la Empresa de
Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A., y Elektra Noreste, S.A.;
15. Que la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., mediante nota ETE-DGC-GC-229-2015 de
30 de julio de 2015, sometió a la aprobación de esta Autoridad Reguladora la Adenda No.8

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