Resolución Nº AN No.4368-Elec de 2011-03-31 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 31-03-2011

Número de resolución4368
Fecha31 Marzo 2011
REPÚBLICA DE PANAMÁ
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 4368-Elec
Panamá, 31 de marzo de 2011
“Por la cual se aprueba la Metodología Uniforme de Detalle para el Cálculo de
Pérdidas de Energía Eléctrica, aplicada a los generadores conectados en las redes
de Distribución Eléctrica”
LA ADMINISTRADORA GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente
Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos (en adelante la ASEP), como organismo autónomo del Estado,
con competencia para regular y controlar la prestación de los servicios públicos
de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución
de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones, "Por la cual se dicta
el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad", establece el régimen al que se sujetarán las actividades de
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,
destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que mediante Resolución JD-5216 de 14 de abril de 2005 y sus modificaciones,
fue aprobado el Reglamento de Transmisión, el cual en su artículo 195, numeral
d), establece que los agentes conectados a la red de un distribuidor, además del
cargo por uso de redes, deberán pagar un cargo por pérdidas en la red de
distribución cuando el usuario ocasione un incremento positivo de las pérdidas de
energía en dicha red;
4. Que, adicionalmente, el referido numeral d) del artículo 195, dispone que el costo
económico de dicho incremento se valorará al precio que le es reconocido al
distribuidor por el costo de abastecimiento. La determinación del incremento será
realizada en función de la capacidad horaria de cada generador de inyectar
energía a la red. Para este propósito se establecerá una metodología uniforme de
detalle para que sea aplicada por los agentes, la cual deberá ser aprobada por la
ASEP;
5. Que, en cumplimiento del Reglamento de Transmisión, la ASEP preparó una
propuesta de Metodología Uniforme de Detalle que establecerá la forma de
cálculo de las pérdidas de energía eléctrica para los generadores que se
encuentren conectados a la red de distribución eléctrica, la cual fue sometida a la
opinión de la ciudadanía, a través del mecanismo de participación denominado
Consulta Pública, cuyo procedimiento fue aprobado mediante Resolución AN Nº
4114-Elec de 21 de diciembre de 2010;
6. Que el periodo de recepción de comentarios fue del 5 al 19 de enero de 2011, y
durante el mismo participaron las personas jurídicas que a continuación se
enlistan:
6.1 Energía y Servicios de Panamá, S.A. (en adelante ESEPSA)

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