Resolución Nº AN No.4630-Elec de 2011-08-03 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 03-08-2011

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN Nº4630-Elec Panamá, 3 de agosto de 2011
“Por la cual se otorga derecho de concesión a favor de la empresa PANAMA
POWER ENERGY, INC., para la construcción y explotación de una central
hidroeléctrica denominada LALIN I”
EL ADMINISTRADOR GENERAL ENCARGADO
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el Ente
Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para
regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de
agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y
televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, “Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”, establece el
régimen al que se sujetarán las actividades de generación, transmisión,
distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del
servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 20 de la Ley 6 de 1997, antes referida, señala que
esta Autoridad Reguladora está facultada para otorgar concesiones y licencias para
la prestación de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 54 de la Ley 6 de 1997 determina que la construcción y
explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y las
actividades de transmisión y distribución para el servicio público de electricidad,
quedan sujetas al régimen de concesiones;
5. Que la Resolución No. JD-3460 de 19 de agosto de 2002, modificada por las
Resoluciones No. JD-3516 de 25 de septiembre de 2002, AN No.203-Elec de 7 de
agosto de 2006 y AN No.631-Elec de 6 de febrero de 2007, reglamentan el
procedimiento para el trámite de las concesiones que tengan por objeto la
construcción, explotación, instalación, operación y mantenimiento de plantas de
generación hidroeléctrica y geotermoeléctricas;
6. Que mediante la Resolución AN No.1189-Elec de 5 de octubre de 2007 se
autorizó a la empresa PANAMA POWER ENERGY, INC. para obtener de la
Autoridad Nacional del Ambiente, las aprobaciones pertinentes del Estudio de
Impacto Ambiental relativo al proyecto hidroeléctrico LALIN I y el Contrato de
Concesión de Aguas para la utilización del recurso natural denominado río Gatú y
le concedió un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la ejecutoria de la
resolución citada, para la entrega de dichos documentos a esta entidad;
7. Que el plazo originalmente otorgado en la Resolución AN No.1189-Elec de 5 de
octubre de 2007, fue prorrogado hasta el día 10 de agosto de 2011, en virtud de las
solicitudes debidamente justificadas de la empresa PANAMA POWER
ENERGY, INC., mediante las Resoluciones AN No.2129-Elec de 10 de octubre
de 2008, AN No.2998-Elec de 5 de octubre de 2009, AN No.3959-Elec de 1 de
noviembre de 2010 y AN No.4436-Elec de 5 de mayo de 2011;
Resolución AN Nº4630-Elec .
Panamá, 3 de agosto de 2011
Pág. 2 de 3
8. Que siguiendo el procedimiento para otorgar concesiones, contenido en la
Resolución JD-3460 de 2002 y sus modificaciones, y en virtud de lo dispuesto en
la Resolución AN No.1189-Elec de 5 de octubre de 2007 y sus modificaciones,
PANAMA POWER ENERGY, INC. obtuvo y presentó ante esta Autoridad,
copia autenticada de la Resolución DIEORA IA-315-2009 de 14 de mayo de 2009,
mediante la cual se aprueba el Estudio de Impacto Ambiental relativo al proyecto
de central hidroeléctrica LALIN I, copia autenticada de dicho Estudio y copia
autenticada del Contrato de Concesión Permanente para Uso de Agua No.066-
2010 de 1 de diciembre de 2010 y Adenda No.1 al referido Contrato, suscritos con
la Autoridad Nacional del Ambiente y refrendados por la Contraloría General de
la República, mediante el cual se le concede el derecho de uso de las aguas del río
Gatú y Chorrillo, ubicado en los corregimientos de San José y Los Hatillos,
distrito de San Francisco, provincia de Veraguas;
9. Que luego de cumplidos todos los requisitos que contempla la Ley 6 de 3 de
febrero de 1997, el Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, el Decreto
Ejecutivo No.209 de 5 de septiembre de 2006 y el procedimiento establecido para
otorgar concesiones, corresponde a esta Autoridad otorgar el derecho de concesión
solicitado y celebrar el Contrato de Concesión para la construcción y explotación
de la central de generación hidroeléctrica denominada LALIN I, por lo que;
RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR a favor de la empresa PANAMA POWER ENERGY,
INC., inscrita en el Registro Público en la Ficha 560289, Documento 1102937 de la
Sección de Micropelículas (Mercantil), derecho de concesión para la construcción y
explotación de la central hidroeléctrica denominada LALIN I, que aprovechará las
aguas de los ríos Gatú y Chorrillo, ubicados en los corregimientos de Los Hatillos y
San José, distrito de San Francisco, provincia de Veraguas, para generar hasta 19.5
MW.
Las coordenadas UTM-NAD27 de los sitios de las obras principales de dicho proyecto
de aprovechamiento hidroeléctrico son las siguientes:
Coordenadas del sitio de presa
Río Gatú 920 976 m N 500 837 m E
Nivel máximo de operación en el sitio de
presa en Río Gatú 143.00 msnm
Coordenadas de la tubería de presión
(inicio) 920 981 m N 500 833 m E
Nivel del sitio de la tubería de presión
(inicio) 130.00 msnm
Coordenadas de la tubería de presión
(final) 920 830 m N 500 894 m E
Nivel del sitio de la tubería de presión
(final) 97.00 msnm
Coordenadas del sitio de casa de
máquinas 920 830 m N 500 894 m E
Nivel del sitio de casa de máquinas 97.00 msnm
Coordenadas del sitio de restitución de
aguas 920 830 m N 500 900 m E
Nivel del sitio de restitución de aguas 97.00 msnm
SEGUNDO: ESTABLECER que de conformidad con lo ordenado en la Resolución
No.F-4 de 12 de agosto de 1999, emitida conjuntamente por la Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos y la Contraloría General de la República, la empresa
PANAMA POWER ENERGY, INC. debe consignar en esa Autoridad, una Fianza
Resolución AN Nº4630-Elec .
Panamá, 3 de agosto de 2011
Pág. 3 de 3
de Cumplimiento por la suma equivalente a Ciento Veinte Mil Balboas
(B/.120,000.00), con la firma del Contrato de Concesión respectivo, la cual
garantizará el cumplimiento de los términos y condiciones del mismo.
TERCERO: CONCEDER a la empresa PANAMA POWER ENERGY, INC. un
plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de que se le notifique la presente
Resolución, para que firme el Contrato de Concesión, cuyo modelo se adjunta como
Anexo de la presente Resolución. Este plazo podrá ser prorrogado por la Autoridad
Nacional de los Servicios Públicos, previa solicitud justificada de dicha empresa.
CUARTO: La presente Resolución rige a partir de su notificación y sólo admite el
Recurso de Reconsideración, el cual debe interponerse dentro del término de cinco (5)
días hábiles, contados a partir de la notificación de esta Resolución, el cual una vez
resuelto, agota la vía gubernativa.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 26 de 29 de enero de 1996, modificada por el
Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006; Ley 6 de 3 de febrero de 1997; Decreto
Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998; Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2000 y
sus modificaciones.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
EDWIN CASTILLO GARCÍA
Administrador General Encargado

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR