Resolución Nº AN No.4001-Elec de 2010-11-19 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 19-11-2010

Número de resolución4001
Fecha19 Noviembre 2010
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.4001-Elec Panamá, 19 de noviembre de 2010
“Por la cual se autoriza la Addenda No.3 al Contrato de Concesión celebrado
con la empresa BONTEX, S.A. para la construcción y explotación del
proyecto hidroeléctrico Gualaca”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006 se reestructuró
el Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad
Nacional de los Servicios Públicos como organismo autónomo del Estado
con personería jurídica y patrimonio propio, el cual tiene a su cargo el
control y fiscalización de los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, electricidad, radio y
televisión; así como el transporte y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No.6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley
No. 10 de 26 de febrero de 1998, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio
e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad",
establece el régimen al cual se sujetarán las actividades de generación,
transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, destinadas
a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 2 del artículo 19 de la referida Ley No. 26 de 1996, tal y
como quedó reformado por el citado Decreto Ley No.10 y el numeral 21 del
artículo 20 de la Ley No. 6 de 1997, establecen que es atribución de la
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar concesiones y
licencias para la prestación de los servicios públicos, dentro de los que se
incluye la generación de energía;
4. Que el artículo 54 de la Ley No. 6 de 1997 establece que la construcción y
explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y
las actividades de transmisión y distribución para el servicio público de
electricidad quedan sujetas al régimen de concesiones que se formalizará y
regirá por un contrato, conforme a las normas que establezca la Autoridad;
5. Que luego de cumplir con las formalidades establecidas en las disposiciones
legales descritas en los considerandos que anteceden y el procedimiento
para otorgar concesiones, esta Autoridad mediante la Resolución No. JD-
2939 de 6 de septiembre de 2001, declaró a la sociedad BONTEX, S.A.,
ganadora del proceso de libre concurrencia celebrado para el otorgamiento
del derecho de concesión para la construcción, instalación, operación y
mantenimiento de una central de generación hidroeléctrica denominada
Gualaca, con una capacidad de 20 MW, aprovechando las aguas
provenientes de la Central Canjilones, ubicada en el corregimiento de
Gualaca cabecera, distrito de Gualaca, provincia de Chiriquí;
6. Que mediante la Resolución AN No. 1553-Elec de 31 de marzo de 2008,
esta Autoridad Reguladora autorizó la Addenda No.1 al Contrato de
Concesión celebrado con la empresa BONTEX, S.A. con el objeto de
extender el plazo para iniciar la construcción de las obras, hasta el 12 de
julio de 2008 y que se incluyera la cláusula de renuncia a reclamación
diplomática con relación al proyecto hidroeléctrico Gualaca;

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