Resolución Nº AN No.5908-Elec de 2013-01-25 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 25-01-2013

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.5908-Elec Panamá,25 de enero de 2013
“Por la cual se otorga derecho de concesión a favor de la EMPRESA NACIONAL DE
ENERGÍA, S.A., para la construcción y explotación de una central hidroeléctrica
denominada BUGABA I”.
LA ADMINISTRADORA GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura
del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para
regular y controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua
potable, alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión,
así como la transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley de 3 de febrero de 1997, “Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”, establece el
régimen al que se sujetarán las actividades de generación eléctrica, destinadas a la
prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 de la Ley 6 de 1997, antes referida, señala que esta
Autoridad Reguladora está facultada para otorgar concesiones y licencias para la
prestación de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 43 de la Ley 6 de 1997, establece que la construcción y explotación de
plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y las actividades de
transmisión y distribución para el servicio público de electricidad, quedan sujetas al
régimen de concesiones;
5. Que mediante la Resolución No.JD-3460 de 19 de agosto de 2002, modificada por las
Resoluciones No.JD-3516 de 25 de septiembre de 2002, AN No.203-Elec de 7 de
agosto de 2006, AN No.631-Elec de 6 de febrero de 2007 y AN No.4519-Elec de 21 de
junio de 2011, se establecieron los requisitos y condiciones necesarios para el
otorgamiento de concesiones para la construcción y explotación de plantas de
generación geotermoeléctricas e hidroeléctricas. Este procedimiento estuvo vigente
hasta el 3 de septiembre de 2012, toda vez que fue derogada por la Resolución AN
No.5558-Elec de 31 de agosto de 2012;
6. Que mediante Resolución AN No.1815-Elec de 23 de junio de 2008, esta Autoridad
Reguladora, autorizó a la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA, S.A., para que
procediera a solicitar a la Autoridad Nacional del Ambiente (en adelante, ANAM) la
aprobación del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente al referido proyecto y
para que realizara las gestiones necesarias para la celebración de un Contrato de
Concesión de Aguas del recurso natural denominado río Escárrea;
7. Que el plazo originalmente otorgado fue prorrogado hasta el día 3 de julio de 2012,
mediante las Resoluciones AN No. 3009-Elec de 12 de octubre de 2009, AN No. 4178-
Elec de 13 de enero de 2011 y AN No.5243-Elec de 16 de abril de 2012, en virtud de
las solicitudes debidamente justificadas por el promotor del proyecto denominado
BUGABA I;
8. Que en tiempo oportuno, el día 3 de julio de 2012, la EMPRESA NACIONAL DE
ENERGÍA, S.A. solicitó a esta Autoridad Reguladora una prórroga, al plazo otorgado
para la entrega del Contrato de Concesión permanente para el uso del recurso hídrico
Resolución AN No.5908-Elec .
Panamá, 25 de enero de 2013
Pág. 2 de 4
necesario para el desarrollo del proyecto BUGABA I, fundamentando su petición en
los siguientes hechos:
8.1. El día 2 de agosto de 2011 presentaron a esta Autoridad Reguladora la
Resolución IA-165-10 de 12 de marzo de 2010, mediante la cual la ANAM
aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto hidroeléctrico Bugaba
I.
8.2. El día 27 de septiembre de 2011, entregaron a esta Autoridad Reguladora
copia autenticada del Estudio de Impacto Ambiental, aprobado por la
ANAM.
8.3. El día 3 de enero de 2012, la ANAM les notificó la Resolución No. AG-
0739-2011, por la cual se le otorgó el derecho de uso de agua para el
referido proyecto, y se encuentran a la espera que la Contraloría General de
la República refrende el Contrato de Concesión de Aguas.
8.4. El día 16 de mayo de 2012 aportaron a esta Autoridad Reguladora un
cronograma en el cual estimaron la fecha en la que obtendrán el Contrato de
Concesión de Agua debidamente refrendado.
9. Que al evaluar la Resolución IA-165-10 de 12 de marzo de 2010, anteriormente
mencionada, se observa que el esquema del proyecto BUGABA I, aprobado por la
ANAM, no coincide con el aprobado ante esta Autoridad Reguladora;
10. Que la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA, S.A., mediante nota recibida el 21
de noviembre de 2011, solicitó a esta Autoridad Reguladora la modificación de la
capacidad instalada del proyecto hidroeléctrico de 2.0 MW a 3.287 MW, con un salto
bruto de 50 m y un caudal de diseño de 7.98 m3/s, así como la ubicación geográfica de
las estructuras principales del proyecto de la siguiente manera:
Coordenadas del sitio de
Presa río Escárrea 945 074 m N 316 296 m E
N
ivel Máximo de Operación,
sitio de presa en el río
Escárrea 280 msnm
Coordenadas de Toma 945 078 m N 316 325 m E
Coordenadas del sitio de Casa
de Máquinas 943 284 m N 316 945 m E
Elevación del sitio de Casa de
Máquinas 230 msnm
Coordenadas del sitio de
Restitución/descarga de aguas 943 284 m N 316 945 m E
Elevación del sitio de
Restitución de Aguas 230 msnm
11. Que mediante notas de 12 de noviembre y 11 de diciembre de 2012, la EMPRESA
NACIONAL DE ENERGÍA, S.A., presento copia autenticada del Contrato de
Concesión Permanente para el uso de Agua No.01-2012, refrendado el 3 de octubre de
2012 y Fianza de Garantía de la Solicitud de Concesión de Generación Eléctrica del
proyecto BUGABA I, No.02-31-61 fechada 28 de noviembre de 2012;
12. Que siguiendo el procedimiento para otorgar concesiones, contenido en la citada
Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2002 y sus modificaciones, y en virtud de lo
dispuesto en la Resolución AN No.1815-Elec de 23 de junio de 2008 y sus
modificaciones, la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA, S.A., obtuvo y presentó
Resolución AN No.5908-Elec .
Panamá, 25 de enero de 2013
Pág. 3 de 4
ante esta Autoridad Reguladora, copia autenticada de la Resolución IA-165-10 de 12
de marzo de 2010, mediante la cual la ANAM aprobó el Estudio de Impacto Ambiental
del proyecto hidroeléctrico BUGABA I, copia autenticada de dicho Estudio y copia
autenticada del Contrato de Concesión Permanente para Uso de Agua No.01-2012,
suscrito con la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), debidamente refrendado
por la Contraloría General de la República el 3 de octubre de 2012, mediante el cual se
le concede el derecho de uso de las aguas del río Escarrea, ubicado en el corregimiento
de Sortová, distrito de Bugaba, provincia de Chiriquí;
13. Que luego de cumplidos todos los requisitos que contempla la Ley 6 de 3 de febrero de
1997 y sus modificaciones, el Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, Decreto
Ejecutivo 209 de 5 de septiembre de 2006 y el procedimiento establecido por la
Resolución No. JD-3460 de 19 de agosto de 2002 y su modificaciones, corresponde a
esta Autoridad Reguladora otorgar el derecho de concesión solicitado por la
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA, S.A., y celebrar el Contrato de Concesión
para la construcción y explotación de la central de generación hidroeléctrica
denominada BUGABA I, por lo que, la Administradora General;
RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR a favor de la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA, S.A.,
inscrita en la Ficha 559554, Documento 1100276 de la Sección de Micropelículas
Mercantil del Registro Público, Derecho de Concesión para la construcción y explotación
de la central hidroeléctrica denominada BUGABA I, que aprovechará las aguas del río
Escarrea, ubicado en el corregimiento de Sortová, distrito de Bugaba, provincia de
Chiriquí, para generar hasta 3.287 MW.
Las coordenadas de los sitios de las obras principales del proyecto de aprovechamiento
hidroeléctrico BUGABA I son las siguientes:
Coordenadas del sitio de
Presa río Escárrea 945 074 m N 316 296 m E
N
ivel Máximo de Operación,
sitio de presa en el río
Escárrea 280 msnm
Coordenadas de Toma 945 078 m N 316 325 m E
Coordenadas del sitio de Casa
de Máquinas 943 284 m N 316 945 m E
Elevación del sitio de Casa de
Máquinas 230.00 msnm
Coordenadas del sitio de
Restitución/descarga de aguas 943 284 m N 316 945 m E
Elevación del sitio de
Restitución de Aguas 230.00 msnm
SEGUNDO: ESTABLECER que de conformidad con lo ordenado en la Resolución
No.F-4 de 12 de agosto de 1999, emitida conjuntamente por la Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos y la Contraloría General de la República, la EMPRESA NACIONAL
DE ENERGÍA, S.A. deberá consignar en esta Autoridad Reguladora, una Fianza de
Cumplimiento por la suma equivalente a CUARENTA MIL BALBOAS (B/.40,000.00),
a la firma del Contrato de Concesión respectivo, la cual garantizará el cumplimiento de los
términos y condiciones del mismo.
TERCERO: CONCEDER a la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA, S.A. un plazo
de treinta (30) días hábiles, contados a partir de que se le notifique la presente Resolución,
para que firme el Contrato de Concesión, cuyo modelo se adjunta como Anexo A de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR