Resolución Nº AN No. 8901-Elec de 2015-08-04 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 04-08-2015

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No.8901-Elec Panamá, 4 de agosto de 2015
“Por la cual se otorga Licencia Definitiva a favor de la empresa PROVIDENCIA SOLAR
1, S.A., para la construcción y explotación de una planta fotovoltaica para la generación de
energía eléctrica denominada "PROVIDENCIA SOLAR 1.”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006 se reorganizó la estructura
del Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de
los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, encargado de regular y
controlar la prestación de servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como
la transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, por la cual se dicta el “Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”, establece el
régimen al que se sujetarán las actividades de generación eléctrica, destinadas a la
prestación del servicio público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 9 y el artículo 49 del Texto
Único de la Ley No. 6 de 1997, corresponde a esta Autoridad Reguladora otorgar las
licencias para la construcción y explotación de centrales de generación eléctrica,
distintas a las hidroeléctricas y geotermoeléctricas;
4. Que el Artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998, establece que
para la obtención de una licencia de generación de energía eléctrica, cada interesado
deberá presentar una solicitud que incluya toda la información que establezca esta
entidad mediante Resolución;
5. Que mediante la Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007 y sus
modificaciones, esta Autoridad Reguladora estableció el procedimiento para tramitar
las solicitudes de licencias para la construcción y explotación de las centrales de
generación eléctrica que no están sujetas al régimen de concesión;
6. Que los interesados en la construcción y explotación de plantas sujetas a licencias,
deben llenar y presentar ante esta Entidad el Formulario E-170-A y adjuntar los
documentos exigidos en el Anexo 2 de la referida Resolución AN No.1021-Elec de 19
de julio de 2007;
7. Que el día 31 de octubre de 2014, la empresa PROVIDENCIA SOLAR 1, S.A.,
presentó ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, formal solicitud para
que se le otorgue una Licencia para la instalación, operación y explotación del
proyecto de generación fotovoltaico denominado “PROVIDENCIA SOLAR 1”, a
ubicarse en el corregimiento de El Roble, distrito de Aguadulce, provincia de Coclé,
con una capacidad instalada de 9.95 MW;
8. Que mediante Resolución AN No.8748-Elec de 1 de julio de 2015, esta Autoridad
Reguladora otorgó Licencia Provisional a la empresa PROVIDENCIA SOLAR 1,
S.A., para la construcción y explotación de una del proyecto de generación
fotovoltaico denominado "PROVIDENCIA SOLAR 1", ”, a ubicarse en el
corregimiento de El Roble, distrito de Aguadulce, provincia de Coclé, con una
capacidad instalada de 9.95 MW y le otorgó un plazo de (12) meses para la

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