Resolución Nº AN No. 12429-Elec. de 2018-06-04 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 04-06-2018

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 12429 -Elec
Panamá, 4 de junio de 2018
“Por la cual se aprueba la modificación de la Metodología del Despacho de
Precio y Cálculo del Precio de la Energía del Mercado de Ocasión (PMO).”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la
estructura del Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de
Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del
Estado, encargado de regular y controlar la prestación de los servicios públicos
de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de
gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley 10 de 26 de
febrero de 1998, por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la
prestación del Servicio Público de Electricidad, establece el régimen al que se
sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio
público de electricidad;
3. Que el numeral 1 del artículo 9 del Texto Único de la Ley 6 de 3 de febrero de
1997, le atribuye a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos la función de
regular el ejercicio de las actividades del sector de energía eléctrica, para
asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, capaz de abastecer
la demanda bajo criterios sociales, económicos y de viabilidad financiera, así
como propiciar la competencia en el grado y alcance definidos por la mencionada
Ley e intervenir para impedir abusos de posición dominante de los agentes del
mercado;
4. Que en atención a lo dispuesto en los artículos 60 y 62 del Texto Único de la Ley
6 de 3 de febrero de 1997, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
(ASEP), mediante Resolución No. JD-947 de 10 de agosto de 1998 y sus
modificaciones, aprobó el Reglamento de Operación que compila los principios,
criterios y procedimientos establecidos para realizar el planeamiento, la
coordinación y la ejecución de la operación integrada del Sistema Interconectado
Nacional (SIN);
5. Que el numeral NGD.1.9 del Reglamento de Operación señala que: “El CND
elaborará los manuales detallados de procedimiento o las Metodologías que
sean necesarias para llevar a cabo las funciones de operación integrada del SIN
que le asignan la Ley y las reglamentaciones vigentes, siguiendo el
procedimiento establecido en el numeral 15.4 de las Reglas Comerciales.”
6. Que mediante Resolución No.JD-605 de 24 de abril de 1998 y sus
modificaciones, esta Autoridad Reguladora aprobó las Reglas Comerciales para
el Mercado Mayorista, en adelante Reglas Comerciales, con la finalidad de
contar con normas claras y precisas que garanticen la transparencia del mercado
y de sus precios;

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