Resolución Nº AN No.12824-Elec de 2018-10-11 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 11-10-2018

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN N° 12824-Elec. Panamá, 11 de octubre de 2018
“Por la cual se otorga Licencia Definitiva a favor de la empresa DACONAN STAR SOLAR,
S.A., para la construcción y explotación de una planta de energía fotovoltaica denominada
PROYECTO DACONAN SOLAR
EL ADMINISTRADOR GENERAL, ENCARGADO
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006 reestructuró el Ente Regulador de
los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos,
como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y controlar la
prestación de servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado
sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y
distribución de gas natural;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e
Institucional para la Prestación del Servicio Públicos de Electricidad", establece el
régimen al cual se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio público de
electricidad ;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 del Texto Único de la Ley No.6 de 1997, antes referida,
señala que esta Autoridad Reguladora está facultada para otorgar concesiones y licencias
para la prestación de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 49 del citado Texto Único, establece que el régimen de licencias se
aplicará a la construcción y explotación de plantas de generación distintas a las sujetas a
concesión, y que dichas licencias serán otorgadas por esta Autoridad Reguladora;
5. Que el artículo 13 del Decreto Ejecutivo No.22 de 19 de junio de 1998, establece que
para la obtención de una licencia para la generación de energía eléctrica, cada interesado
deberá presentar una solicitud que incluya toda la información que establezca la
Autoridad Reguladora mediante Resolución;
6. Que mediante la Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007, esta Autoridad
Reguladora estableció el procedimiento para tramitar las solicitudes de licencias para la
construcción y explotación de la centrales de generación eléctrica que no están sujetas al
régimen de concesión;
7. Que mediante la Resolución AN No.10932-Elec de 8 de febrero de 2017, esta Autoridad
Reguladora concedió Licencia Provisional a la empresa DACONAN STAR SOLAR,
S.A., para la construcción y explotación de una planta de generación de energía eléctrica
denominada PROYECTO DACONAN SOLAR, a ubicarse en corregimiento de La
Peña, distrito de Santiago, provincia de Veraguas, con una capacidad instalada AC 0.240
MW en la salida de los inversores y de 0.293 MWp de potencia pico DC con 1152
módulos de 255 Wp, y le otorgó un plazo de doce (12) meses para la presentación de los
siguientes documentos, necesarios para optar por la Licencia Definitiva:
7.1. Cronograma de construcción del proyecto identificando: cierre financiero,
ingeniería, obras civiles, estructuras, módulos, centro de inversores, sistema de
distribución, monitorización y sistema de seguridad, finalización del montaje,
pruebas y puesta en marcha.
Resolución AN No.12824-Elec
De 11 de octubre de 2018
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7.2. Fianza de Cumplimiento según la Resolución AN No.8024-Elec de 6 de noviembre
de 2014.
7.3. En caso de que el proyecto se conecte en el Sistema de Distribución debe presentar
nota de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., y de la empresa de distribución
donde se otorgue su conformidad o autorización con la conexión del proyecto. En
caso de que el proyecto se conecte en el sistema de transmisión debe presentar nota
de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A., donde se otorgue su conformidad o
autorización con la conexión del proyecto.
7.4. Información detalla de la conexión a la red de transmisión o distribución
debidamente firmada por un técnico idóneo.
7.5. Fianza de construcción según la Resolución AN No.8218-elec de 7 de enero de 2015.
8. Que previamente, el 6 de febrero de 2018, la empresa DACONAN STAR SOLAR, S.A.
solicitó la Licencia Definitiva; no obstante, la documentación aportada no era suficiente
para obtenerla por lo que con Nota DSAN-1103 de 26 de abril de 2018 esta Autoridad
solicitó a la empresa aportar plano a escala mínima 1:10,000 con las servidumbres o
adquisiciones requeridas, cronograma de construcción actualizado, EPC actualizado e
información detallada de la conexión a la red de transmisión o distribución;
9. Que con memoriales presentados el 7 de marzo y el 6 de junio de 2018, DACONAN
STAR SOLAR, S.A. indicó haber entregado toda la información solicitada; sin embargo,
luego del análisis de la documentación, con Nota DSAN-1741 de 22 de junio de 2018
esta Autoridad le requirió que aportara un cronograma actualizado en el que se detallara:
cierre financiero, ingeniería, obras civiles, estructuras, módulos, centro de inversores,
sistema de distribución, monitorización y sistema de seguridad, finalización del montaje,
pruebas y puesta en marcha; además la verificación del vértice 7 del polígono del parque
solar;
10. Que en respuesta a la referida Nota DSAN-1741, el 3 de julio de 2018 la licenciataria
aportó un cronograma y la verificación del vértice 7; posteriormente, el 5 de julio una
actualización de su cronograma y el 19 de julio de 2018, la extensión de la viabilidad de
conexión emitida por la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA);
11. Que la empresa DACONAN STAR SOLAR, S.A. en cumplimiento de la Resolución
AN No.8024-Elec de 6 de noviembre de 2014, deberá presentar la Fianza de
Cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Licencia Definitiva que le será
otorgada para la construcción y operación de este proyecto fotovoltaico, cuyo modelo fue
aprobado por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos en conjunto con la
Contraloría de la República;
12. Que mediante Resolución AN No.8218-Elec de 7 de enero de 2015, esta Autoridad
Reguladora modificó los numerales 3 y 16, así como también adicionó el numeral 18 al
artículo 10, y modificó el artículo 16 del procedimiento para otorgar licencias de
construcción y explotación de plantas de generación de energía eléctrica, aprobado
mediante Resolución AN No.1021-Elec de 19 de julio de 2007, modificada a su vez por
la Resolución AN No.7771-Elec de 29 de agosto de 2014;
13. Que en virtud de lo establecido en el Resuelto Cuarto de la Resolución AN No.8218-Elec
de 7 de enero de 2015, las modificaciones antes mencionadas son aplicables a todas las
solicitudes de licencia que se encuentren en trámite o soliciten una prórroga de su
Licencia Definitiva ante esta Autoridad Reguladora;
14. Que luego de analizar la solicitud presentada, esta Autoridad Reguladora considera que
es viable conceder la Licencia Definitiva solicitada por la empresa DACONAN STAR
SOLAR, S.A., en consecuencia corresponde realizar los actos necesarios para el
cumplimiento de los objetivos y atribuciones de la Autoridad Nacional de los Servicios
Públicos, de acuerdo con lo que establece el numeral 26 del artículo 9 del Texto Único
de la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, por lo que;

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