Resolución Nº AN No.4136-Elec de 2010-12-27 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 27-12-2010

Número de resolución4136
Fecha27 Diciembre 2010
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN Nº 4136 -Elec Panamá, 27 de diciembre de 2010
“Por la cual se autoriza la Adenda Nº 1 al Contrato de Concesión celebrado con la
empresa DESARROLLOS HIDROELÉCTRICOS, CORP., para la construcción y
explotación del proyecto hidroeléctrico San Andrés”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006 se reestructuró el Ente
Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos como organismo autónomo del Estado con personería jurídica
y patrimonio propio, el cual tiene a su cargo el control y fiscalización de los
servicios públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario,
telecomunicaciones, electricidad, radio y televisión; así como el transporte y
distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones, "Por la cual se dicta el
Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad", establece el régimen al cual se sujetarán las actividades de
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,
destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 20 de la Ley 6 de 3 de
febrero de 1997, es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (en
adelante ASEP) otorgar las concesiones y licencias a que se refiere dicha Ley;
4. Que el artículo 54 de la Ley 6, antes citada, establece que la construcción y
explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y las
actividades de transmisión y distribución para el servicio público de electricidad
quedan sujetas al régimen de concesiones que se formalizará y regirá por un
contrato, conforme a las normas que establezca la Autoridad;
5. Que mediante Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2002 y sus modificaciones,
se establecieron los requisitos y condiciones necesarios para otorgar concesiones
para la construcción y explotación de plantas de generación geotermoeléctricas e
hidroeléctricas;
6. Que, luego de cumplir con las formalidades establecidas en las disposiciones
legales descritas en los considerandos que anteceden, mediante Resolución AN Nº
1818-Elec de 23 de junio de 2008, la ASEP otorgó a favor de la empresa
DESARROLLOS HIDROELÉCTRICOS, CORP., derecho de Concesión para
la construcción, instalación, operación y mantenimiento de una planta
hidroeléctrica denominada San Andrés, la cual aprovechará las aguas del río Caña
Blanca y la Quebrada Paja, situado en el corregimiento Dominical, distrito de
Renacimiento, provincia de Chiriquí, con una capacidad instalada de 8.8 MW;
7. Que dicho Contrato de Concesión fue debidamente refrendado por la Contraloría
General de la República el día 3 de febrero de 2009;
8. Que la empresa DESARROLLOS HIDROELÉCTRICOS, CORP., a través de
sus apoderados legales, mediante memorial recibido el 25 de marzo de 2010,
adicionado por los escritos fechados 26 de octubre de 2010 y 18 de noviembre de

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