Resolución Nº AN No.3103-Elec de 2009-11-23 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 23-11-2009

República de Panamá
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN Nº 3103-Elec Panamá, 23 de noviembre de 2009.
“Por la cual se autoriza a la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí, S.A.
(EDECHI) la expansión de su zona de concesión para la Distribución de Energía
Eléctrica”
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006, se reestructuró el
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional
de los Servicios Públicos, en adelante la Autoridad, como organismo autónomo del
Estado, con competencia para regular y controlar la prestación de servicios
públicos de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad,
telecomunicaciones, radio y televisión, así como la transmisión y distribución de
gas natural;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley No.10
de 26 de febrero de 1998, "Por la cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional
para la Prestación del Servicio Público de Electricidad", establece el régimen al
que se sujetarán las actividades de generación, transmisión, distribución y
comercialización de energía eléctrica, destinadas a la prestación del servicio
público de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en los artículos 54, 55 y 89 de la Ley 6, y en los
artículos 7 y 8 del Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998, corresponde a
la Autoridad Reguladora otorgar las concesiones para la prestación de los servicios
públicos de distribución y comercialización de energía eléctrica y el
establecimiento de la zona de influencia, y que corresponde su aprobación a la
Entidad Reguladora;
4. Que conforme a lo dispuesto en la Resolución No. JD-993 de 3 de septiembre de
1998, esta entidad Reguladora y la Empresa de Distribución Eléctrica Chiriquí,
S.A., en adelante EDECHI, celebraron un Contrato de Concesión de Distribución
Eléctrica, el cual fue firmado el 22 de octubre de 1998;
5. Que el contrato en comento establece que la zona de concesión de EDECHI podrá
ser expandida dentro de su zona de influencia y que los límites de dicha expansión
se establecerán en un rango comprendido entre cinco mil (5,000) metros y diez mil
(10,000) metros del límite de la zona de concesión.
6. Que adicionalmente el inciso séptimo de la cláusula 3 del referido Contrato de
Concesión, establece que la empresa concesionaria, a saber EDECHI, podrá
solicitar la expansión de su zona de concesión dentro de la zona de influencia, así
como también señala que la aprobación de la misma corresponde a la Entidad
Reguladora;
7. Que mediante Nota PE-813-09 de 21 de septiembre de 2009, EDECHI presentó
formal solicitud para que se le autorizara la expansión de su zona de concesión a
un punto en el Corregimiento de Dominical, Distrito de Renacimiento, Provincia
de Chiriquí, el cual se encuentra geográficamente situado a una distancia de 3946
metros de la zona de concesión con las siguientes coordenadas:

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