Resolución Nº AN No. 10759-Elec de 2016-12-15 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 15-12-2016

Número de resolución10759
Fecha15 Diciembre 2016
AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN No. 10759-Elec Panamá, 15 de diciembre de 2016
“Por la cual se modifica y prorroga la Licencia Provisional otorgada a favor de la empresa BAJO
FRÍO PV, S.A., mediante la Resolución AN No.7293-Elec de 15 de abril de 2014, para la
construcción y explotación de una planta de generación fotovoltaica denominada PLANTA
SOLAR BAJO FRÍO”.
EL ADMINISTRADOR GENERAL,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Decreto Ley No. 10 de 22 de febrero de 2006 se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, encargado de regular y
controlar la prestación de servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como la
transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones, “Por la cual se dicta el
Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de Electricidad”,
establece el régimen al que se sujetarán las actividades de generación, transmisión,
distribución y comercialización de energía destinadas a la prestación del servicio público
de electricidad;
3. Que conforme a lo dispuesto en el numeral 21 del artículo 9 y el artículo 49 del Texto
Único de la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, corresponde a esta Autoridad Reguladora
otorgar las licencias para la construcción y explotación de centrales de generación eléctrica,
distintas a las hidroeléctricas y geotermoeléctricas;
4. Que el artículo 43 del citado Texto Único de la Ley No.6 de 1997, establece que la
construcción y explotación de plantas de generación distintas a las sujetas a concesión, y
que dichas licencias serán otorgadas por esta Autoridad Reguladora;
5. Que el articulo 49 citado Texto Único, establece que el régimen de licencias se aplicara a la
construcción y explotación de plantas de generación distintas a las sujetas a concesión, y
que dichas licencias serán otorgadas por esta Autoridad Reguladora;
6. Que el Artículo 13 del Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998, establece que para
la obtención de una licencia de generación de energía eléctrica, cada interesado deberá
presentar una solicitud que incluya toda la información que establezca esta entidad
mediante Resolución;
7. Que mediante la Resolución AN No. 1021-Elec de 19 de julio de 2007 y sus
modificaciones, esta Autoridad Reguladora estableció el procedimiento para tramitar las
solicitudes de licencias para la construcción y explotación de las centrales de generación
eléctrica que no están sujetas al régimen de concesión;
8. Que mediante la Resolución AN No.7293-Elec de 15 de abril de 2014, esta Autoridad
Reguladora, le otorgó a la empresa BAJO FRÍO PV, S.A., inscrita en el Registro Público
en la Ficha 812291, Documento 2451273, una Licencia Provisional para la operación y
explotación de una planta de generación fotovoltaica denominada Proyecto Solar Bajo
Frío, ubicarse en el corregimiento de Aserrío de Gariche, distrito de Bugaba, provincia de
Chiriquí, con una capacidad instalada de 19.95 MW;
9. Que la Resolución arriba descrita otorgó un plazo de doce (12) meses a la empresa BAJO
FRÍO PV, S.A., para presentar ante esta Autoridad Reguladora, la documentación exigida
por la Resolución AN No. 1021-Elec de 19 de julio de 2007 y sus modificaciones, para el

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