Resolución Nº AN No. 10983-Elec de 2017-02-23 de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos, 23-02-2017

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución AN Nº 10983-Elec Panamá, 23 de febrero de 2017
“Por la cual se otorga derecho de concesión a favor de la empresa PORTO POWER INC., para la
construcción y explotación relativo al proyecto hidroeléctrico denominado CHIRIQUÍ”
EL ADMINISTRADOR GENERAL
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006, se reorganizó la estructura del
Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los
Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para regular y
controlar la prestación de los servicios públicos de abastecimiento de agua potable,
alcantarillado sanitario, electricidad, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de
transmisión y distribución de gas natural;
2. Que la Ley 6 de 3 de febrero de 1997, modificada por el Decreto Ley No.10 de 26 de febrero
de 1998, Ley 57 de 13 de octubre de 2009, Ley 30 de 16 de junio de 2010, Ley 51 de 29 de
septiembre de 2010, Ley 58 de 30 de mayo de 2011 y Ley 43 de 9 de agosto de 2012, “Por la
cual se dicta el Marco Regulatorio e Institucional para la Prestación del Servicio Público de
Electricidad”, establece el régimen al que se sujetarán las actividades de generación eléctrica,
destinadas a la prestación del servicio público de electricidad;
3. Que el numeral 21 del artículo 9 del Texto Único de la Ley 6 de 1997, antes referida, señala
que esta Autoridad Reguladora está facultada para otorgar concesiones y licencias para la
prestación de los servicios públicos de electricidad;
4. Que el artículo 43 del citado Texto Único de la Ley 6 de 1997, determina que la construcción
y explotación de plantas de generación hidroeléctrica y geotermoeléctrica y las actividades de
transmisión y distribución para el servicio público de electricidad, quedan sujetas al régimen
de concesiones;
5. Que la Resolución No. JD-3460 de 19 de agosto de 2002, modificada por las Resoluciones
No. JD-3516 de 25 de septiembre de 2002, AN No. 203-Elec. de 7 de agosto de 2006, AN
No.631-Elec. de 6 de febrero de 2007, AN No.4519-Elec de 21 de junio de 2011y AN
No.5558-Elec de 31 de agosto de 2012, se establecieron los requisitos y condiciones
necesarios para el otorgamiento de concesiones para la construcción y explotación de plantas
de generación geotermoeléctricas e hidroeléctricas;
6. Que mediante Resolución AN No.3550-Elec de 9 de junio de 2010, esta Entidad Reguladora
resolvió autorizar a la PORTO POWER INC., para que procediera a solicitar al Ministerio de
Ambiente, la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto
hidroeléctrico denominado CHIRIQUÍ y para que realizara las gestiones necesarias para la
celebración de un Contrato de Concesión de Aguas sobre el recurso natural denominado río
Chiriquí; se le concedió un plazo de doce (12) meses calendarios, a partir de la citada
Resolución para la entrega de dichos documentos a esta Autoridad Reguladora;
7. Que el plazo otorgado fue prorrogado hasta el día 15 de junio de 2014, mediante Resolución
AN No.4776-Elec de 16 de septiembre de 2011, la Resolución AN No.5561-Elec de 4 de
septiembre de 2012, y la Resolución AN No. 7101-Elec de 17 de febrero de 2014, en virtud
de las solicitudes debidamente justificadas por el promotor del proyecto denominado
Chiriquí;
8. Que siguiendo el procedimiento para otorgar concesiones, contenido en la citada Resolución
JD-3460 de 2002 y sus modificaciones, y en virtud de lo dispuesto en la Resolución AN No.
3550-Elec de 9 de junio de 2010, y sus modificaciones, PORTO POWER, INC., obtuvo y
presentó ante esta Autoridad Reguladora, copia autenticada del Estudio de Impacto
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Ambiental relativo al proyecto hidroeléctrico denominado CHIRIQUÍ y copia autenticada de
la Resolución DIEORA 1A-1167-2011 de 19 de diciembre 2011, mediante la cual se aprueba
el Estudio de Impacto Ambiental relativo al proyecto hidroeléctrico denominado CHIRIQUÍ,
copia autenticada de dicho Estudio y copia autenticada del Contrato de Concesión
Permanente de Agua No.40-2013 de 10 de junio de 2013, suscrito con el Ministerio del
Ambiente, debidamente refrendado por la Contraloría General de la Republica, mediante el
cual se le concede el derecho de uso de aguas del río Chiriquí;
9. Que luego de cumplidos todos los requisitos que contempla la Ley 6 de 3 de febrero de 1997,
el Decreto Ejecutivo 22 de 19 de junio de 1998, el Decreto Ejecutivo 123 de 14 de agosto de
2009, y el procedimiento establecido para otorgar concesiones, corresponde a esta Autoridad
otorgar el derecho de concesión solicitado y celebrar el Contrato de Concesión para la
construcción y explotación de proyecto hidroeléctrico denominado CHIRIQUÍ, por lo que;
RESUELVE:
PRIMERO: OTORGAR a favor de la empresa PORTO POWER, INC., inscrita en el Registro
Público en la Ficha 638666, Documento 1453391 de la Sección de Micropelículas (Mercantil),
derecho de concesión para la construcción y explotación del proyecto hidroeléctrico denominado
CHIRIQUÍ, que aprovechará las aguas del río Chiriquí, ubicado en el corregimiento de Caldera,
distrito de Boquete, provincia de Chiriquí, con una capacidad instalada de 7.92 MW.
Las coordenadas de las obras civiles del proyecto hidroeléctrico CHIRIQUÍ son las siguientes:
Descripción Latitud Longitud
Coordenadas del Sitio de
Desvío Rio Chiriquí 964000 m N 358200 m E
Nivel Máximo Normal de
Operación, Río Chiriquí 520.00 msnm
Coordenadas de Captación
(Toma) 964000 m N 358200 m E
Elevación del agua en
Captación (Toma) 520.00 msnm
Coordenadas de Canal de
Conducción Inicio 96400 m N 358200 m E
Coordenadas de Canal de
Conducción Final 961150 m N 357500 m E
Coordenadas Cámara de Carga 961150 m N 357500 m E
Elevación del agua en Sitio de
Transición 516.25 msnm
Coordenadas de Conducción
(Túnel o Tubería de Presión
Inicio)
961150 m N 357500 m E
Coordenadas de Conducción
(Túnel o Tubería de Presión)
Final
960700 m N 357050 m E
Coordenadas de Sitio de Casa
de Máquinas 960700 m N 357050 m E
Elevación del agua en Casa de
Máquinas 395.00 msnm
SEGUNDO: ESTABLECER que de conformidad con lo ordenado en la Resolución No.F-4 de
12 de agosto de 1999, emitida conjuntamente por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos
y la Contraloría General de la República, la empresa PORTO POWER INC., debe consignar en
esa Autoridad, una Fianza de Cumplimiento por la suma equivalente a Sesenta Mil Balboas
con 00/100 (B/.60,000.00), con la firma del Contrato de Concesión respectivo, la cual garantizará
el cumplimiento de los términos y condiciones del mismo.
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TERCERO: CONCEDER a la empresa PORTO POWER INC., un plazo de treinta (30) días
hábiles, contados a partir de que se le notifique la presente Resolución, para que firme el Contrato
de Concesión, cuyo modelo se adjunta como Anexo de la presente Resolución. Este plazo podrá
ser prorrogado por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, previa solicitud justificada de
dicha empresa.
CUARTO: COMUNICAR al Ministerio de Ambiente y al Centro Nacional de Despacho el
contenido de la presente Resolución
QUINTO: La presente Resolución regirá a partir de su notificación y sólo admite el Recurso de
Reconsideración, el cual debe interponerse dentro del término de cinco (5) días hábiles, contados
a partir de la notificación de esta Resolución, el cual una vez resuelto, agota la vía gubernativa.
FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 26 de 29 de enero de 1996, modificada y adicionada por
el Decreto Ley 10 de 22 de febrero de 2006; Ley 6 de 3 de febrero de 1997; Decreto Ejecutivo 22
de 19 de junio de 1998; Resolución JD-3460 de 19 de agosto de 2000 y sus modificaciones.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
ROBERTO MEANA MELÉNDEZ
Administrador General

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