Resolución N° CADM-R-14-2022. Por la cual se aprueba una nueva escala salarial para el personal administrativo de la universidad tecnológica de panamá; se aprueban y establecen las categorías i, ii, iii, iv y v en los cargos administrativos, para los grados del 1 al 30 y se adoptan otras disposiciones.

Fecha de publicación01 Diciembre 2022
Fecha20 Octubre 2022
EmisorUNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ
No. 29674-A Gaceta Oficial Digital, jueves 01 de diciembre de 2022 1
CONSEJO ADMINISTRATIVO
RESOLUCIÓN Nº. CADM-R-14-2022
POR LA CUAL SE APRUEBA UNA NUEVA ESCALA SALARIAL PARA EL
PERSONAL ADMINISTRATIVO DE
LA
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE
PANAMÁ; SE APRUEBAN Y ESTABLECEN LAS CATEGORÍAS
1,
11,
111,
IV Y V
EN
LOS CARGOS ADMINISTRATIVOS, PARA LOS GRADOS DEL
1AL30
Y
SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES
EL.CONSEJO ADMINISTRATIVO DE
LA
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
DE
PANAMÁ, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LA LEY, EL
ESTATUTO Y LOS REGLAMENTOS UNIVERSITARIOS
CONSIDERANDO:
Que
la
Universidad Tecnológica de Panamá goza de autonomía constitucional, tal
como
se
encuentra consignado
en
el
artículo 103
de
la
Constitución Política,
en
concordancia con el artículo 1 de
la
Ley Nº18
de
13
de agosto de
1981
"Por/a cual
se
crea
la
Universidad Tecnológica
de
Panamá" y
el
artículo 5 de
la
Ley Nº17
de
9
de
octubre de 1984 "Por
la
cual se organiza
la
Universidad Tecnológica de
Panamá", que dispone que:
"Artículo
5.
La
Universidad Tecnológica de Panamá es autónoma, se le reconoce
personería juridica, patrimonio propio y derecho a administrarlo. Tiene
la
facultad
para organizar sus estudios, programas, investigaciones y servicios. Designará,
promoverá y separará su personal de conformidad con
la
presente Ley,
el
Estatuto
y los Reglamentos que
la
rijan.
La
autonomía es la capacidad que tiene
la
Universidad Tecnológica de Panamá
para gobernarse a misma, cumplir sus funciones y realizar sus fines por medio
de sus autoridades competentes propias, elegidas conforme a las normas que
al
efecto existan.
Que
la
Ley 62 de
20
de agosto
de
2008, que instituye
la
Carrera Administrativa.
Universitaria
en
las universidades oficiales con exclusión de
la
Universidad
de
Panamá,
en
su
artículo
9,
numeral
1,
determina como objetivo de
la
Carrera
Administrativa Universitaria: "Fortalecer
la
autonomía
de
las universidades oficiales
para administrar el recurso humano administrativo sobre la base de sus
competencias laborales y profesionales."
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Apdo. 0819-07.289, Panamá, República
de
Panami
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Central Telefónica: 560-300(
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