Resolución Nº CNR-008 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 18-11-1998
Emisor | Superintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá) |
Número de resolución | CNR-008 |
Fecha | 18 Noviembre 1998 |
REPI'BLIC¡. DE PANAMA
MINISTERIO DE CON,ÍFRCIO E INDUSTRIAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGIIROS
COMISION NACIONAL DE REASEGUROS ,
RES9LUCI9N NeC/i t* Üg PANAMA ¡" li' DE) ^,'rlt¿*"',;''-np tqqa
LA COMISION NACIO}\.AL DE REASEGUROS
en uso de sus far)rlltades legales,
CONSIDERANDO:
1-euemedianteResoluciónNo.CNR -4 de'l demarzo de 1985, laComisiónNacionalde
Reaseguros le otorgó a la sociedad Agencia Interoceánica de Suscripción y Administración,
S.A., licencia de Administrador de Reasegurqs.
2- eue mediante memorial fechado 11 de mayo de 1998, la firma forense Sucre, Arias,
Castro y Reyes en su condición de apoderados especiales de la sociedad Agencia
Interoceánica de Suscripción y Administración S.A., solicitaron la cancelación de la
iicencia de Administrador de Reaseguros otorgada a la empresa.
3- Que mediante notas debidamente autenticadas y legalízadas suscritas por elApoderado
tr egal y el Presidente de la empresa AON RE PANAMA, S.A., se certifica que ésta asumirá
el déficit de Agencia Interoceánica de Suscripción y Administración, S.A., así como
cualquier compromiso u obligación pendiente que pudiera resultar de las actividades
realizadas por la empresa.
4- eue dicha solicitud de cancelación fue considerada y aprobada en reunión ordinaria de la
comisión Nacional de Reaseguros el 16 de septiembre de 1998.
RESUELVE:
pRIMERO: Cancelar la licencia de Administrador de Reaseguros otorgada a la sociedad
Agencia Interoceánica de Suscripción y Administración mediante Resolución No. CNR 4
de 7 de marzo de 1985.
SEGIINDO: Notificar al Director del Registro Público a fin de que
conespoiidlénte al pacto social.' ; ' é':'ri :ir: : :r'
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TERCEITÓ: Notificar a lá Diiécción General dé'Coi¡ercio Interior
Comercie e Industrias para que cacele la licencia cQrnercial'
anote la marginal
del Ministeno de
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CUARTO: Publicar la Resolución en un periódico de circulación nacional durante tres días
consecutivos y una sola vez en la Gaceta Oficial.
FLTNDAMENTO DE DERECflO: Artículos.9, 21, ordinal 4 y 23 de la Ley 63 de 19 de
septiembre de 1996.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
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LA{IRA E. FLORES H.
Vice - Ministra de Comercio e Industrias
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