Resolución Nº CTS-003 de Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, 20-07-2010

Fecha20 Julio 2010
Número de resoluciónCTS-003
EmisorSuperintendencia de Seguros y Reaseguros (Panamá)
1-. El señor GABRIEL JOSÉ RolG LAPORTA, por intermedio de sus apoderados
iudiciales. la firma forense SUCRE, ARIAS & REYES y la Licenciada
ÑRolusxn LÓPEZ DE ABooD, presentaron solicitud de Licencia de Seguros
para explotar el Ramo Vida, a través de la sociedad VIDASANA COMPANIA
DE SEGUROS, S,A,
2-. Al haber cumplido satisfacioriamente con los requisitos del artículo 15 de la
Ley 59 de 1996, correspondiente a la primera fase del proceso de autorización
de la actividad de seguros, se dictó la Resolución No0080 de 24 de febrero de
2010, mediante la cual se otorgó permiso temporal al solicitante para los fines
contemDlados en los artículos 16 y 17 lex citae'
3-. Dentro del término de noventa (90) días establecido por la Ley 59/1996, ¡e
alleoó la certificación del Registro Público de la sociedad VIDASANA
coúPAÑiA DE SEGURoS, S.A., de la cual se corrobora que ésta se
encuentra inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público a la Ficha
693241, documento 1735180, desde el 3 de marzo de 2010. Además,
acompañó certificados de depósito que totalizan el capital mínimo exigido por
el articulo 16 de la mencionada Ley 59 de 1996, y certificación de su
depositario de que se encuentran libre de gravámenes.
4-. Así las cosas, se sometió nuevamente a ia revisión, análisis y evaluación de
los Departamentos Técnico, Jurídico y de Autoría y Fiscalización de la
Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, quienes
consideraron que VIDASANA COIIPANIA DE SEGUROS' S.A.' ha
satisfecho los requerimientos de ley, por lo que, podía ser convocado e
Consejo Técnico de Seguros para su autorización.
5-. En la reunión celebrada el 20 de julio de 2010, los Miembros del Consejo
Técnico de Seguros analizgron la solicitud y la documentación acompañada,
por vIDASANÁ coMPAÑiA DE SEGUROS, S.A., encontrándola conforme,
por ende, no halló óbice alguno para otorgar la Licencia de Seguros a la
iociedad VIDASANA coMPAÑ¡A DE SEGURoS, S-A., para explotar et
Ramo Vida.
En consecuencia,
REPÚBLICA DE PANAMA
MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS
SUPERINÍENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
RESOLUCóN No CTS¡!! de -39- de iulio de 2010.
El Consejo Técnicode Seguros, en
Uso de sus facultades legales, Y
CONSIDERANDO QUE:
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: OTORGAR Licencia de Seguros a favor de la sociedad
VIDASANA COMPAÑíA DE SEGURoS, S.A., inscrita en la Sección Mercantil del
Registro Público a la Ficha 693241, documento 1735180, para explotar el Ramo
Vida, de conformidad con la Ley 59 de 29 cle julio de 1996.
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