Resolución N° DDP-DAJ-009-2022. Por la cual se le adscriben funciones a la adjunta del defensor del pueblo como directora nacional encargada de la dirección de protección de los derechos de la mujer de la defensoría del pueblo.

Fecha de publicación11 Febrero 2022
Fecha07 Febrero 2022
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO
No. 29475-B Gaceta Oficial Digital, viernes 11 de febrero de 2022 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
DEFENSORÍA
DEL
PUEBLO
RESOLUCIÓN
No.
DDP-DAJ-009-2022
(De
7
de
febrero
de
2022)
“Por
la
cual
se
le
adscriben
funciones
a
la
Adjunta
del
Defensor
del
Pueblo
como
Directora
Nacional
Encargada
de
la
Dirección
de
Protección
de
los
Derechos
de
la
Mujer
de
la
Defensoría
del
Pueblo”
EL
DEFENSOR
DEL
PUEBLO
DE
LA
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ,
en
uso
de
sus
facultades
legales;
CONSIDERANDO:
Mediante
Ley
No.7
de
5
de
febrero
de
1997
diciembre
de
2005
y
No.
55
de
2
de
octubre
como
una
institución
independiente,
que
administrativa
y
financiera.
modificada
por las
de
2009,
se
crea
la
actuará
con
plena
Leyes
No.
41
de
1
de
Defensoria
del
Pueblo,
autonomia
funcional,
El
articulo 44
de
la
Ley
No.
7,
supra
citada,
establece
que
el
Defensor
o
Defensora
del
Pueblo,
es
la
autoridad
nominadora
de
la
entidad,
quien
ejerce
la
dirección
y
responsabilidad
de
la
misma,
para
lo
cual
realizará
los
nombramientos
que
requiera,
de
acuerdo
al
Reglamento
de Organización
y
Funcionamiento
de
la
Defensoría
del
Pueblo.
El
Articulo
16
de
la
Ley
No.7
des
de
febrero
de
1997
y
sus
modificaciones,
establecen
que
el
titular
de
la
Defensoria
del
Pueblo
estará
auxiliado
por
un
Adjuntos
o
Adjunta
en
la
que
podrá
delegar
funciones
y
les
sustituirá
en
los
supuestos
previstos
en
esta
Ley.
En
virtud
de
las
consideraciones
expuestas,
el
Defensor
del
Pueblo de
la
República
de
Panamá,
en
uso
de
sus
facultades
constitucionales
y
legales.
RESUELVE:
PRIMERA:
Adscribir
funciones
de
Directora
Nacional
Encargada
de
la
Dirección
de
Protección
de
los
Derechos
de
la
Mujer
de
la
Defensoria
del
Pueblo
a
la
Licenciada
Clarissa
Martinez,
quien
desempeña
el
cargo
de
Adjunta
del
Defensor
del
Pueblo.
SEGUNDA:
Se
le
adscriben
funciones
desde
el
dia 26
de
enero
de
2022.
TERCERA:
Advertir
que
la
presente
resolución
surte
efectos
desde
su
promulgación
en
Gaceta
Oficial.
FUNDAMENTO LEGAL: Articulo 129
de
la
Copatitución
Politica
de
la7R€pública
de
Panamá.
Ley
No.7
de
5
de
febrero
de
1997,
moØificada
por
!a
Ley
N°41961
de
diciembre
de
2005
y
Ley
No.55
de
2
de
octubre
de
2009
31
de
juliVde
2000.
Comuniquese
y
Cúmplase
EDUARDØ
LEBLANC GON
Defensor
del
PJeblo
de
la
Repúbli
7
DEErIsORiA
DEL
SECPET4RA
GENERAL
CERT$F!CA QUE
ESTE DOCUMENTO
ES
flEL
COPIA
DEL
ORIGf1AL
EXTENDIDO
POR
LA
DEFENSORI
0Ff.
PIlE
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