Resolución N° DDP-DAJ-063-2022. Por la cual se deja sin efecto la resolución no.14-2021 de 26 de marzo de 2021, en la cual se resuelve, crea la oficina de equiparación de oportunidades, para las personas con discapacidad en la defensoría del pueblo, bajo la estructura organizativa de la dirección de unidades especializadas (d.u.e.).

Fecha de publicación24 Octubre 2022
Fecha26 Agosto 2022
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO
No. 29650-B Gaceta Oficial Digital, lunes 24 de octubre de 2022 1
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RESOLUC ION No. DDP-DAJ- 063-2022
(De 26 de agosto de2022)
EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA REPUBLICA DE PANAMA
En uso de sus facultades constitucionales y legales.
CONSIDERANDO:
Mediante Ley No.7 de 5 de febrero de 1997 y sus modificaciones, se crea la
Defensoria del Pueblo, como una institucion independiente, a la cual le corresponde
velar por la proteccion de los derechos establecidos en el Titulo lll y dem6s derechos
previstos en los convenios internacionales de Derechos Humanos y la Ley, mediante
el control de los hechos, actos u omisiones de los Servidores P0blicos y de quienes
presten servicios ptiblicos y actuard para que ellos se respeten.
El articulo 42 de la referida Ley, establece que la Defensoria del Pueblo, tendr6 las
unidades administrativas necesarias para su gestion.
La Ley No. 42 de 27 de agosto de 1999, modificada mediante Ley No,15 de 31 de
mayo de 2016, establece la equiparacion de oportunidades para asegurar los
derechos, deberes y libertades de las personas con discapacidad y sus familias, en
igualdad y calidad de vida.
Mediante Ley No. 25 de 10 de julio de 2007, se aprueban la Convencion sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo de la
Convenci6n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptados en
Nueva York, por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de
2006.
A trav6s de las observaciones realizadas por el Comit6 de los Expertos de Ginebra,
Suiza, en el afio 2017, sobre la creacion en todas las entidades del Estado de las
Oficinas de Equiparacion de Oportunidades, se establecio como fecha limite el afro
2021, para ejecutar los compromisos adquiridos con la Convencion sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
Seg0n lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No.56 de 23 de julio de 2008, es
obligaci6n de las instituciones publicas la creaci6n de las Oficinas de Equiparacion de
Oportunidades, en todas las instancias del gobierno, lnstituciones Autonomas y
semiautonomas, es por ello que la Defensoria del Pueblo en cumplimiento de esta
reglamentaci6n dispone crear mediante la presente Resolucion la Oficina de
Equiparacion de Oportunidades con lo establecido en el marco legal nacional, para la
transversalizaci6n del tema de discapacidad a nivel lnstitucional con el objetivo de
fortalecer la igualdad y equidad desde una perspectiva de los Derechos Humanos.
Mediante Resolucion No. 14-2021 de 26 de marzo de 2021, se resuelve crear la
Oficina de Equiparacion de Oportunidades, para las personas con Discapacidad, en
apoyo con el Despacho Superior de la Defensoria del Pueblo, bajo la estructura
organizativa de la Direcci6n de Unidades Especializadas (D.U.E.).
Scde Principal 500-9800 / Fax: 500-9807
Col6n: 445-0710 / Los Santos: 926-0075 / Veraguas; 935-0090 / Chiriqui: 728-1340 / Dali6n: 2ll'7-0076 / San Miguclikr 524-2613
Ilocasdel Toro: 7.50-004ti /Cocl6: 906-0522/Hellera: 913-0074/LaChon'cra: 524-2624 /SanF6lix: 72'7-0(t3l /Chcpo: 519-126i
Apaftado Postal 0[332- I695 Panarnii. / www.dclbnsoria.gob.pa

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