Resolución N° DDP-DAJ-008-2023. Por la cual se le adscriben funciones de secretaria general encargada de la defensoría del pueblo.

Fecha de publicación02 Marzo 2023
Fecha23 Febrero 2023
EmisorDEFENSORÍA DEL PUEBLO
No. 29731-A Gaceta Oficial Digital, jueves 02 de marzo de 2023 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
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RESOLUCIÓN No. DDP-DAJ-008-2023
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(De 23 de febrero de 2023)
"Por la cual se le adscriben funciones de Secretaria General Encargada d la
Defensoría del Pueblo"
EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Mediante Ley
No
. 7 de 5 de febrero de 1997, modificada por las Leyes
No.
41
de 1 de diciembre
de 2005 y
No
.
55
de 2 de octubre de 2009 , se crea
la
Defensoría del Pueblo, como una
institución independiente, que actuará con plena autonomía funcional , administrativa y
financiera.
El
artículo 44 de
la
Ley
No
. 7 supra citada, establece que
el
Defensor del Pueblo o Defensora
del Pueblo , es
la
Autoridad Nominadora de
la
Entidad, quien ejerce
la
Dirección y
responsabilidad de esta , para para
lo
cual realizara los nombramientos que requiera de acuerdo
con
el
Reglamento de Organización y Funcionamiento de
la
Defensoría del Pueblo.
El
Manual de Clasificación de Cargos de
la
Defensoría del Pueblo, establece que, dentro de
la
estructura organizacional de
la
institución, debe ejercer funciones
el
secretario general o
la
Secretaria General de
la
Defensoría del Pueblo, a efectos de desarrollar procedimientos
administrativos que fueren necesarios para mantener
el
desarrollo normal de las funciones que
le
designe
el
Defensor o Defensora del Pueblo.
En
virtud de
lo
expuesto,
el
suscrito Defensor del Pueblo,
en
ejercicio de las atribuciones que
la
Constitución Política y
la
Ley
le
confieren:
RESUELVE:
PRIMERO: Adscribir funciones de Secretaria General Encargada a
la
Licenciada !liana Ruiloba,
con cedula de identidad personal N
º.
7-705-356, quien desempeña
el
cargo de Directora
Nacional de Asesoría Jurídica.
SEGUNDO:
La
presente resolución rige desde
el
día 6 de marzo de 2023 hasta el
17
de marzo
de 2023.
TERCERO: Advertir que
la
presente resolución surte efectos desde
su
firma.
CUARTO: Publicar
la
presente resolución
en
la
Gaceta Oficial.
FUNDAMENTO LEGAL: Artículo 129 de
la
Constitución Política de Panamá , Ley
No
. 7 de 5 de
febrero de 1997, modificada por Ley
No.
41
de 1 .
55
de 2 de
octubre de 2009 y Ley
38
de
31
de julio de
20
O
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Comuníquese y Cúmplase.
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