Resolución N° DG-30-2020. Por la cual se establecen las políticas de ahorro y uso eficiente del papel, aplicables a todas las oficinas y funcionarios del idiap a nivel nacional.

Fecha de publicación08 Junio 2020
Fecha19 Mayo 2020
EmisorINSTITUTO DE INVESTIGACIÓN AGROPECUARIA
No. 29042 Gaceta Oficial Digital, lunes 08 de junio de 2020 1
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INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN AGROPECUARIA DE PANAMA
RESOLUCIé]| tlo. DG-30-2020
(19 de mayo de 2020)
EL DIRECTOR GENERAL
en uso de sus facultades legales
CONSIDERANDO:
eue el Instituto de Investigación Agropecuaria de Panamá (lDlAP) fue creado mediante la Ley No. 51 de 28 de
Agosto de 1975, modificada por la Ley No. 55 de 14 de diciembre de 2007, como entidad estatal con
pársonalidad jurídica y patrimonio propio, autonomÍa administrativa, técnica y financiera, con el fin de normar
iodas las actividades -de investigación agropecuaria del sector público y orientar aquellas del sector privado,
especialmente para diseñar, promover, estimular, coordinar y ejecutar actividades de investigación para producir
conocimientos y tecnologias para el desarrollo agropecuario, aumentar la producción y productividad por rubros
o productos agrícolas y ganaderos prioritarios para mejorar el abastecimiento interno y las posibilidades de
exportación, aumentar el nivel de ingresos de los productos agropecuarios con especial atención a los pequeños
productores y campesinos marginados, ayudando a su incorporacién a la actividad económica y social del agro,
contribuir al desarrollo de regiones geográficas prioritaria, y conservar y usar racionalmente los recursos
agropecuarios.
Que el Artículo 10 del Reglamento lnterno del lnstituto de lnvestigación Agropecuaria de Panamá (lDlAP)
establece que el Director General, en su condición de autoridad nominadora, es el responsable de la conducción
técnica y administrativa de esta Institución y delegará en las unidades administrativas de mando superior las
funciones de dirección que correspondan a los objetivos institucionales de conformidad con la ley.
Que el papel es uno de los insumos de mayor importancia para la realización de las actividades que ejecuta el
lDlAP, ya que se utiliza para la elaboración de documentos necesarios para el funcionamiento, registro y
desarrollo de las actividades administrativas.
Que la Ley 132 de 17 de marzo de 2020 sobre la Reducción de Uso de Papelen la GestiÓn Pública, establece
directrices concretas que deben implementarse, para que en las instalaciones del lDIAP, los colaboradores no
hagan un uso inadecuado del papel, por eficiencia administrativa y el impacto ambiental que se deriva.
Por lo anterior, el IDIAP establece las siguientes Políticas de Ahorro y Uso Eficiente del Papel, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 132 de 17 de marzo de 2020 sobre la Reducción de Uso de Papelen la Gestión Pública
y la voluntad de mejora continua de la institución,
RESUELVE:
PRIMERO: ESTABLECER las Políticas de Ahorro y Uso Eficiente del Papel, aplicables a todas las oficinas y
funcionarios del IDIAP a nivel nacional:
1. Uso del Correo electrónico: Se utilizará el correo electrónico como principal medio de difusión de documentos,
de tal manera que la información sea distribuida de forma digital. Para ello es conveniente mantener el listado
de contactos actualizado.
Se incluirá la siguiente leyenda en el envío de correos electrónicos de tal manera que el destinatario considere
solamente imprimir el correo de ser necesario:
"Por favor considere su responsabilidad ambiental anfes de imprimir este correo electrónico"
2. lmpresión a doble cara: La impresión de documentos deberá hacerse solo cuando sea indispensable. Con
el fin de optimizar el consumo de papel, se configurará el driver de las impresoras en la opción dúplex (impresión
a doble cara), para que los documentos se impriman por ambas caras de la hoja, de tal manera que se optimice
el consumo de papel y facilite el procedimiento de archivo. Si se requiere distribuir documentos, se imprimirán
sólo las copias que se vaya a utilizar, para lo cual es necesario determinar previamente quiénes realmente
deben recibir una copia impresa. No imprimir copias extra.
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Sede admin¡strat¡va: (507) 500-0519, 500-0521, 500-0522
Centros region¿lesr A¡uero 966-8763, Bocas del Toro 758-3427, Comarca Ngabe Buglé 727'0220,
Chepo 296-0589, oivisa 976"1168, David 775-5250, Rio Hato 993"3253

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