Resolución N° DG-SSRP-011. Por medio de la cual, se deja sin efecto la resolución no. dg-ssrp-002 de 13 de julio de 2018.

Fecha de publicación13 Julio 2023
Fecha19 Mayo 2023
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
No. 29824-A Gaceta Oficial Digital, jueves 13 de julio de 2023 1
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
SUPERINTENDENCIA
DE
SEGUROS Y REASEGUROS
Resolución
No.
DG- SSRP-011de19 de mayo de 2023
"Por medio del cual,
se
deja sin efecto la Resolución
No.
DG-SSRP-002de13 de julio
de
2018"
EL
Superintendente de Seguros y Reaseguros de Panamá
en
uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que
la Ley
Nº12
de 3 de abril
de
2012, "que regula la actividad de seguros", establecen el
procedimiento para realizar los cambios de titularidad accionaria
por
parte
de
las aseguradoras,
a fin
de
cerciorarse de la solvencia moral y financiera de los nuevos accionistas:
"Articulo 49. Cambios de titularidad accionaria.
Las aseguradoras deberán notificar a la Superintendencia
en
un
plazo
no
mayor de
treinta días calendario, cualquier cambio que efectúen
en
los aspectos señalados
en
los
artículos 40 y 41, en especial los relacionados
con
cambios o traspasos
en
la titularidad
accionaria de más del 10% del total de las acciones
en
circulación.
Dentro
de
dicho
término, el nuevo accionista deberá acreditar que
ha
cumplido
con
los requisitos que le
correspondan del artículo 41.
En
tanto
no
se haya demostrado lo anterior, el accionista
no
podrá
ejercer los derechos que les correspondeóan
por
dichas acciones.
También
deberán notificar a la Superintendencia, antes de
su
inscripción
en
el Registro
Público, los cambios de miembros de sus juntas directivas.
Cuando
se efectúe
un
traspaso de más del 50% del total
de
las acciones
en
circulación,
se requiere la autorización previa de la Superintendencia.
La
Superintendencia deberá cerciorarse de la solvencia moral y financiera de los
accionistas y
podrá
formular comentarios, observaciones y objeciones si dichos cambios
no
se ajustan a la ley y a la normativa vigente y si pueden
poner
en
riesgo a la empresa y
a los aseguradores".
Que
con
la finalidad de cumplir
con
las disposiciones contenidas en el Artículo 49 de la Ley 12
de 3
de
abril de 2012, sobre cambios de titularidad accionaria y
en
el cumplimiento de la Ley 23
de 27 abril
de
2015 (Ley de
BC/FT/FPADM),
se emitió la Resolución No.DG-SSRP-002
de
13 de julio de 2018, del Superintendente,
"Por
la cual se regula la titularidad accionaria de los
sujetos obligados de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá".
Que
a través
de
la Resolución
No.
DG-SSRP-002 de 13 de julio de 2018, se
ordenó
a los sujetos
regulados
por
la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, cuyas acciones o algunas
de
pertenezcan o se encuentren bajo figuras jurídicas que
no
permitan emitir acciones o cuotas
sociales, tal
como
lo exige la Ley de Seguros, y retirar los títulos ·accionarios y colocarlos bajo
figuras jurídicas
que
permitan la debida diligencia supervisión
por
parte del ente regulador.
Que
son
facultades de la
Junta
Directiva aprobar las normas generales para la identificación y
supervisión de grupos económicos de los cuales las personas supervisadas forman parte, así
como
aprobar la adopción de. medidas necesarias para que las personas naturales y jurídicas
supervisadas cumplan
con
las disposiciones legales y reglamentarias sobre prevención del delito
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,
de blanqueo de capitales, así
como
sancionar las infracciones e incumplimiento de
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