Resolución N° DGOMI/ARAP 195-2022. Por la cual se registra la cesión del contrato de concesión no.37 de 4 de junio de 1982 modificado mediante adenda no. 1 refrendada el día 21 de junio de 2022, celebrada entre las sociedades acuacultura los azules, s.a. y los azules del campo, s.a., así como del contrato de agua no.004-21 sobre un espejo de agua marina.

Fecha de publicación27 Septiembre 2022
Fecha05 Septiembre 2022
EmisorAUTORIDAD DE LOS RECURSOS ACUATICOS DE PANAMA
No. 29631 Gaceta Oficial Digital, martes 27 de septiembre de 2022 1
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REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
'
-GOBIERNO
NACIO
NAL -
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
AGROPECUARIO
REPÚBLICA
DE
PANAMÁ
AUTORIDAD
DE LOS RECURSOS
ACUÁTICOS DE
PANAMÁ
AUTORIDAD
DE
LOS
RECURSOS ACUÁTICOS DE PANAMÁ
RESOLUCIÓN
DGOMI
/ARAP
195-2022
(De s. de septiembre de 2022)
Por la cual se
REGISTRA
la Cesión del Contrato de Concesión No.37 de 4 de junio de 1982
modificado mediante Adenda No. l refrendada el día
21
de junio de 2022, celebrada entre las
sociedades ACUACULTURA
LOS
AZULES, S.A. y
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A., así
como del Contrato de Agua No.004-21 sobre un espejo de agua marina.
LA
DIRECTORA
GENERAL
DE
ORDENACION Y
MANEJO
INTEGRAL
En uso de sus facultades legales y administrativa,
CONSIDERANDO
Que el día 8 de agosto de 2022 el señor José Bolívar Martínez Fábrega en su condición de
Representante Legal de la sociedad ACUACUL TURA
LOS
AZULES, S.A. debidamente inscrita a
Folio 321908 de la Sección Mercantil del Registro Público, solicita a esta Autoridad el registro de la
Cesión del Contrato de Concesión No.3 7 de 4 de junio de 1982 modificado mediante Adenda No. l
de
21
de junio de 2022 y, el Contrato de Agua No.004-21 sobre un espejo de agua marina, a favor de
la sociedad
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A.
Que mediante Resolución No.204 de
17
de diciembre de 1997
le
fueron traspasadas a la sociedad
ACUACUL
TURA
LOS
AZULES, S.A., los derechos, obligaciones y deberes del Contrato de
Concesión de Tierra Albina No.37 de 4 de junio de 1982 sobre un globo de terreno, cuya superficie
de terreno fue ampliada mediante Adenda No.1 de
21
de junio de 2022 debidamente refrendada por
la Contraloría General de la República, para un total de globo de terreno ocupado
de
DOSCIENTOS
CUARENTA Y
SIETE
BÉCTAREAS
MÁS
CINCO
MIL
TRESCIENTOS
CUARENTA Y
CINCO
METROS
CUADRADOS
PUNTO
VEINTISEIS
DECÍMETROS
CUADRADOS
(247HAS+5,345.26M2) el cual se encuentra ubicado en el Corregimiento
de
Juan Díaz, Distrito
de
Antón, Provincia de Coclé.
Que mediante Resolución ADM/ARAP No.064 de 29 de diciembre de 2021 se autorizó el
otorgamiento a la sociedad ACUACULTURA
LOS
AZULES, S.A., de una Concesión No.004-21
de uso de aguas marinas para el desarrollo de la acuicultura, sobre una superficie de DOSCIENTOS
UN
HECTÁREAS
MAS SEIS
MIL
METROS
CUADRADOS (201HAS+6,000.00M2
),
de espejo
de agua ubicado en el Corregimiento de Juan Díaz, Distrito de Antón, Provincia de Coclé, a favor
de
la sociedad ACUACULTURA
LOS
AZULES, S.A.
Que, si bien esta Autoridad habiendo omitido la realización de Adenda en el año 2012, autorizó por
el término de veinte (20) años la prórroga del Contrato de Concesión
de
Tierra Albina No.3 7 de 4
de
junio de 1982 otorgada mediante la Resolución ARAP-AG-NºOSO de
13
de noviembre de 2012 a la
Concesionaria A
CU
A CULTURA
LOS
AZULES, S.A., con la Adenda No.1 de
21
de junio de 2022
publicada en Gaceta Oficial No.29590de·1 de agosto
de
2022, que modifica el Contrato de Concesión
Administrativa No.37 de 4 de junio de 1982, se autoriza su vigencia por un periodo de los diez (10)
a:ños
siguientes, a partir del
13
de julio de 2022, fecha del refrendo de dicha Adenda.
Que la sociedad ACUACULTURA
LOS
AZULES, S.A. celebró con la sociedad
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A., sociedad debidamente inscrita al Folio 155691901 de la Sección Mercantil del
Registro Público de Panamá, la cesión del Contrato de Concesión de Tierra Albina No.37 de 4 de
junio de 1982 ampliado mediante la Adenda No. l de
21
de junio de 2022 y Concesión No.004-21 de
30 de diciembre de 2021 de uso de aguas marinas para el desarrollo de la acuicultura.
Que, en cuanto a los actos jurídicos de disposición sobre las Concesiones para el desarrollo de
actividades acuícolas, la Ley 204 del
18
de marzo
de
2021 "Por la cual se regula la pesca y la
acuicultura en la República de Panamá y dicta otras disposiciones" señala .en su Artículo 96 lo
siguiente:
Artículo 96: Las concesiones de espacios para el desarrollo
de
la acuicultura y la
infraestructura construida en ellos podrán ser, una o más veces, cedidas, vendidas
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transferidas e
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No. 29631 Gaceta Oficial Digital, martes 27 de septiembre de 2022 2
REPÚBLICA DE
PANAMÁ
-GOBIERNO
NACIONAL
-
MINISTERIO
DE
DESARROLLO
AGROPECUARIO
AUTORIDAD
DE
LOS RECURSOS
ACUÁTICOS
DE
PANAMÁ
Que en atención al artículo 37 de la Ley 44 de
23
de
noviembre de 2006 modificada por el Articulo
66 de la Ley 8 de
25
de marzo de 2015 es facultad de la Dirección General de Ordenación y Manejo
Integral de la Autoridad: Otorgar, modificar, revocar y anular los permisos, las licencias y las
autorizaciones, así como las concesiones acuáticas, relativas a la pesca, a la acuicultura y maricultura,
en los términos de las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, al igual que autorizar la
situación de sus titulares, en su caso, garantizando el cumplimiento de las medidas de ordenación
dispuestas en la República de Panamá y las organizaciones regionales y/o subregionales de
ordenación pesquera.
Que, el escrito de solicitud presentado el día 8 de agosto de 2022 para que esta Autoridad registre la
cesión celebrada entre las sociedades ACUACULTURA
LOS
AZULES, S.A. y
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A., sobre un .Contrato de Concesión de Tierra Albina y de la Concesión de uso de
aguas marinas para el desarrollo de la acuicultura, cumple con el requisito de notificación a esta
Autoridad, en el período establecido por la normativa de Ley No.204 de
18
de marzo de 2021 para
estos actos. En consecuencia,
RESUELVE:
PRIMERO:
REGISTRAR
E INSCRIBIR, en el libro de Registros de Concesiones de la Autoridad
de los Recursos Acuáticos de Panamá, la Cesión a favor de
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A., del
Contrato de Concesión No.37 de 4 de junio de 1982, modificado mediante Adenda
No.l
de
21
de
junio de 2022, debidamente refrendada por la Contraloría General de la República de Panamá el día
13
de julio de 2022 y publicada en Gaceta Oficial No.29590 de 1 de agosto de 2022 así como del
Contrato No.004-21 de 30 de diciembre de 2021,
de
uso de aguas marinas para el desarrollo de la
acuicultura, en los términos pactados por este.
SEGUNDO:
NOTIFICAR
a la sociedad anónima denominada
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A.,
que será responsable del cumplimiento de las obligaciones, deberes y derechos emanados del
Contrato de Concesión de Tierra Albina No.37 del 4 de junio de 1982 modificado mediante Adenda
No.001 de
21
de junio de 2022, debidamente refrendada por la Contraloría General de la República
de Panamá el día
13
de julio de 2022 así como del Contrato de Uso de Agua No.004-21 de 30 de
diciembre de 2021.
TERCERO:
INDICAR
a la sociedad anónima
LOS
AZULES
DEL
CAMPO,
S.A., que de realizar
algún cambio, disposición o gravamen sobre el Contrato de Concesión de Tierra Albina No.3 7 del 4
de junio de 1982 modificado mediante Adenda No.001 refrendado el día
13
de julio de 2022 por
Contraloría General de la República de Panamá así como del Contrato de Uso de Agua No.004-21 de
30 de diciembre de 2021, deberá ser notificado a la autoridad.
CUARTO:
NOTIFICAR
al interesado el contenido de la presente Resolución.
QUINTO: MANIFESTAR que contra la presente Resolución caben los Recursos de
Reconsideración y Apelación dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir de su notificación.
FUNDAMENTO
LEGAL:
Ley 204 de
18
de marzo de 2021,
Ley
38 de
31
de
julio de 2000.
Dado en la Ciudad de Panamá, a los cinco (5) días del mes de septiembre del año dos mil veintidós
(2022).
NOTIFÍQUESE
Y CÚMPLASE.
AUTORIDAD
DI LOl
RICURSOS
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H 'lMAMÁ
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