Resolución N° DM-0139-2022. Por la cual se modifica la resolución ag-0139-2009, de 4 de marzo de 2009 y se dictan otras disposiciones.

Fecha de publicación15 Julio 2022
Fecha11 Julio 2022
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE
No. 29579-B Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de julio de 2022 1
REPÚBLICA DE PANAMÁ
MINISTERIO DE AMBIENTE
RESOLUCIÓN No. DM- 013'l -2022
De
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de
~
de2022
Por la cual se modifica la Resolución AG-0139-2009, de 4 de marzo de 2009 y se dictan otras
disposiciones.
El suscrito Ministro de Ambiente, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 118 de la Constitución Política de la República de Panamá establece que "es
deber fundamental del Estado garantizar que
la
población viva en un ambiente sano y libre de
contaminación, en donde el aire, el agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del
desarrollo adecuado
de
la
vida humana.";
Que el artículo 119 de la excerta constitucional dice: "el Estado y todos los habitantes del
territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga
la
contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite
la
destrucción de los
ecosistemas.";
Que
el
artículo 120 de la citada Carta Magna dispone que "el Estado reglamentará, fiscalizará y
aplicará oportunamente las medidas necesarias para garantizar que
la
utilización y el
aprovechamiento de
la
fauna terrestre, fluvial y marina, así como
de
los bosques, tierras y
aguas, se lleven racionalmente, de manera que se evite su depredación y se asegure su
preservación, renovación y permanencia.";
Que el artículo 1 de la Ley 8 del
25
de marzo de 2015, en desarrollo del precitado Régimen
Ecológico de la Constitución Política, "crea el Ministerio
de
Ambiente como
la
entidad rectora
del Estado en materia
de
protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y
el uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento y aplicación
de
las
leyes, los reglamentos y
la
Política Nacional
de
Ambiente. ";
Que los numerales 5 y 6 del artículo 2 de la Ley 8 de
25
de marzo de 2015 establecen, entre las
atribuciones de MiAMBIENTE, las de "emitir las resoluciones y las normas técnicas y
administrativas para
la
ejecución de
la
Política Nacional de Ambiente y
la
protección
de
los
recursos naturales, terrestres e hidrobiológicos, en el área
de
su competencia, vigilando su
ejecución, de manera que se prevenga
la
degradación ambiental" y "hacer cumplir
la
presente
Ley, su reglamentación, las normas
de
calidad ambiental y las disposiciones técnicas y
administrativas que
por
Ley se
le
asignen", respectivamente;
Que el artículo
51
del Texto Único de la Ley
41
de 1 de julio de 1998, "General
de
Ambiente de
la
República de Panamá'', "crea el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, identificado con
la
sigla SINAP, conformado
por
todas las áreas protegidas legalmente establecidas o que se
establezcan por leyes, decretos, resoluciones, acuerdos municipales o convenios internacionales
ratificados
por
la
República
de
Panamá", las cuales serán reguladas por
el
Ministerio de
Ambiente;
Que a través de la Resolución AG-0139-2009, de 4 de marzo de 2009 se declara
el
área protegida
de Donoso, bajo la categoría de manejo de Área de U sos Múltiples, la cual abarcó todo
el
Distrito de Donoso, con una superficie total de ciento noventa y cinco mil novecientos diecisiete
hectáreas con seiscientos cuarenta y siete metros cuadrados (195,917
ha+
647 m2) de las cuales
ciento setenta y siete mil sesenta y cinco hectáreas con doscientos setenta y tres metros
cuadrados (177,065
ha+
273 m2), corresponden a la superficie terrestre de la misma, y dieciocho
No. 29579-B Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de julio de 2022 2

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