Resolución N° DM-0215-2023. Por la cual se modifica la resolución no. dm-0636-2021 de 17 de diciembre de 2021 “que regula el servicio prestado para el sellado de plano de servidumbre fluvial o de agua y para la certificación de servidumbres hídricas”.

Fecha de publicación29 Noviembre 2023
Fecha02 Noviembre 2023
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE
No. 29919 Gaceta Oficial Digital, miércoles 29 de noviembre de 2023 1
~~
REPÚBLICA
OE
PANAMÁ
- GOBIERNO NACIO
NA
L -
Secretario
Gene
r
al
República de Panamá
MINISTERIO
DE AMBIENTE
RESOLUCIÓN
No.
J)l'f,
o
.2
IS:
a'lO;l 3
(De J.
de~
J.ocl.3)
MINISTIHUO
DE
AMBIENTE
Por la cual
se
modifica la Resolución No. DM-0636-2021 de
17
de
diciembre de
2021
"Que
regula el servicio prestado para
el
sellado
de
plano de servidumbre fluvial o de agua y para la
certificación de servidumbres hídricas"
El suscrito Ministro
de
Ambiente, en uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución
de
la República de Panamá dispone, que es función esencial del Estado
velar por la salud de la población y garantizar que viva en un ambiente sano y libre de
contaminación, en el que el aire, agua y los alimentos satisfagan los requerimientos del
desarrollo adecuado de la vida humana. Igualmente, señala que el Estado y todos los
habitantes del territorio nacional tienen
el
deber de propiciar un desarrollo social y económico
que prevenga la contaminación
del
ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la
destrucción de los ecosistemas;
Que
el
artículo 1 de la Ley 8 de
25
de marzo de 2015, crea el Ministerio
de
Ambiente, como
la entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y
restauración del ambiente y
el
uso sostenible· de los recursos naturales para asegurar
el
cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la Política Nacional de Ambiente;
Que el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 8 de 2015 , establece que una de las atribuciones del
Ministerio
de
Ambiente es la de emitir las resoluciones y normas técnicas y administrativas
para la ejecución de la Política Nacional del Ambiente y la protección de los recursos
naturales, terrestres e hidrobiológicos, en
el
área de su competencia, vigilando su ejecución de
manera que
se
prevenga la degradación ambiental;
Que el literal b del artículo
19
de
la Resolución ANATI-ADMG-244 de 26 de septiembre de
2017, "Por la cual se establece el Reglamento Único de Revisión, Aprobación, y Registro de
Planos de Agrimensura, y
se
dictan disposiciones sobre la estructura orgánica", contempla
que todo plano presentado ante la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, deberá
contar con un sello
de
Visto Bueno previo del Ministerio de Ambiente," ... cuando presente
como colindante algún curso de agua, como río, lago, quebrada y otros similares"; '
Que en tal sentido, la Resolución No. DM-0636-2021
de
17
de diciembre de 2021 "Que
regula
el
servicio prestado para
el
sellado de plano de servidumbre fluvial o de agua y para la
certificación
de
servidumbres hídricas", estableció en su artículo 1 que:
"Artículo
l.
Cuando se presente ante la Autoridad Nacional de Administración
de Tierras (ANA TI) un plano de finca que colinde o algún curso de agua que
atraviese la finca, como río, lago, quebrada y otros similares; así como,
servidumbres fluviales, el Ministerio de Ambiente confirmará la ,existencia de la
fuente hídrica natural a través del sellado del plano para la ANATI y de la
023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR